Orden 49/2000, de 30 de junio, por la que se convocan ayudas para la promoción de artistas plásticos de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Cantabria recoge las competencias de nuestra Comunidad Autónoma en el fomento de la cultura, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149.2 de la Constitución Española.

El fomento de la creatividad, el desarrollo de la cultura y la ampliación del conocimiento son fundamentales para el progreso de los pueblos y el despliegue de todas sus potencialidades dentro de la política de apoyo a la cultura cántabra. En consonancia con ello, una medida que se considera de gran utilidad es la de establecer una convocatoria de ayudas a la creación y promoción artística en el ámbito de las Artes Plásticas.

Por todo ello, el Gobierno de Cantabria hace pública la presente convocatoria de ayudas para la promoción de los Artistas Plásticos de Cantabria y apoyo a las nuevas tendencias en las artes con la siguiente definición de objetivos y contraprestaciones.

En virtud de lo cual, a propuesta de la Dirección General de Cultura,

DISPONGO

Artículo primero ¿Objetivo y finalidad.

La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2000 la concesión de ayudas para la realización de actividades relacionadas con la consecución de las siguientes finalidades, siempre que tengan proyección nacional, internacional o faciliten la comunicación cultural entre comunidades autónomas:

  1. Promocionar y difundir las Artes Plásticas de Cantabria en el exterior, fomentando las relaciones culturales.

  2. Facilitar la presencia de artistas plásticos de Cantabria en ferias de arte, tanto de carácter nacional , como internacional, de acuerdo con los principios de capacidad y mérito.

  3. Colaborar en la realización de exposiciones individuales y colectivas con artistas cántabros, así como cualquier otro acontecimiento artístico que ponga de manifiesto la capacidad del arte contemporáneo en todo el territorio español.

  4. Asegurar la presencia del arte cántabro en las conmemoraciones históricas de carácter nacional e internacional así como en cualquier otro acontecimiento histórico y cultural de especial relevancia.

  5. Apoyar las nuevas tendencias de las artes plásticas y fotografía, que por su carácter innovador enriquezcan las opciones contemporáneas en esta materia.

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las exposiciones a realizar dentro de nuestra región.

Artículo segundo ¿Sujetos.

Podrán solicitar estas ayudas todos los artistas residentes en Cantabria, menores de treinta y cinco años y que cumplan con los requisitos de la presente convocatoria.

Artículo tercero ¿Imputación presupuestaria.

La concesión de las ayudas, por un importe de 4.000.000 de pesetas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.3.455.1.484 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2000.

Artículo cuarto ¿Dotación económica.
  1. El importe de cada ayuda será estimado en función de las solicitudes seleccionadas.

  2. En ningún caso la dotación de la ayuda a cada artista solicitante superará las 500.000 pesetas.

  3. Ninguna de las subvenciones que se concedan excederá de un 40% de los gastos de la actividad subvencionada.

Artículo quinto ¿Régimen de concesión.

La convocatoria de estas ayudas se...

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