Orden MED/24/2009 de 28 de diciembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el desarrollo de programas, proyectos y actividades en materia de Educación Ambiental realizadas por las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante los años 2010 y 2011.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La importancia que tiene el medio ambiente en el desarrollo sostenible de Cantabria y la trascendencia de la educación ambiental en el objetivo de generalizar valores ambientales imprescindiblespara su desarrollo, ha motivado que la Consejería de Medio Ambiente tenga entre sus prioridades impulsar la realización de labores de formación, información y educación ambiental, como instrumentosclave de participación ciudadana en las decisiones de relevancia ambiental.

Con el objetivo de reforzar y promocionar este papel activo, la Consejería de Medio Ambiente haconsiderado necesario regular y convocar subvenciones destinadas a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases y hacer pública la convocatoria para laconcesión de subvenciones a las entidades locales, instituciones cercanas a los ciudadanos y actoresfundamentales en el desarrollo de la política ambiental, llamadas a realizar un papel activo en laejecución de programas, proyectos y actividades de educación ambiental que favorezcan la concienciación de los ciudadanos y su participación en la mejora continua del medio ambiente; asegurar elcumplimiento de los principios de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, y contribuir a lapuesta en práctica de las políticas medioambientales en el Plan de Gobernanza.

Por ello, en el marco de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria, y en uso de las atribuciones conferidas en el art. 33. f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10de diciembre, de régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónomade Cantabria.

dIsPonGo

Artículo 1 objeto de la convocatoria.1.- Es objeto de la orden establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria parasubvencionar el desarrollo de programas, proyectos y actividades de educación ambiental, que se desarrollen entre el 1 de enero de 2010 y el 30 de junio de 2011 por Entidades Locales de la ComunidadAutónoma de Cantabria.

Estas ayudas, contempladas en el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, subvencionarán exclusivamente los gastos corrientes propios del desarrollo de las actividades,en ningún caso los gastos de inversiones en infraestructura, equipamiento (informático, audiovisual,etc.), gastos protocolarios, ni gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes.se subvencionará el importe correspondiente al IVA cuando se aporte certificado de no deducibilidad del mismo, firmado por el secretario-Interventor de la Entidad Local (según Anexo I).2.- El procedimiento de concesión de la presente subvención se realizará en régimen de concurrencia competitiva.3.- La presente ayuda es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para lamisma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la unión Europea o de organismos internacionales.4.- Los beneficiarios de las subvenciones reguladas por la presente orden podrán subcontratar conterceros la ejecución total de la actividad que constituya el objeto de la subvención.

Artículo 2

Finalidad de la convocatoria.1.- se financiarán los siguientes proyectos:a) Actividades formativas en el ámbito de la Educación Ambiental.b) Elaboración de materiales para actividades de educación ambiental.c) realización de programas, y proyectos de educación ambiental.d) Campañas de sensibilización e información sobre los principales problemas y cuestiones ambientales, promovidas desde la propia Entidad Local o realizadas con el fin de adherirse a las que seimpulsan desde distintos organismos nacionales e internacionales.e) Fomento de la participación social en los procesos de Agenda 21 Local.2.- Los proyectos y actividades habrán de estar claramente vinculados con el ámbito de actuaciónde la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria.3.- Los proyectos se pueden dirigir a los diferentes agentes sociales, así como a colectivos específicos o público en general, abordando cualquier aspecto de interés ambiental en el contexto de laComunidad Autónoma de Cantabria y especialmente en el marco local donde se realiza la acción.4.- se tendrán especialmente en cuenta aquellas propuestas que incluyan la perspectiva de género y la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las actuaciones einiciativas concretas.

Artículo 3

Beneficiarios.1.- Podrán acogerse a la presente convocatoria las Entidades Locales de Cantabria que desarrollenlos programas, proyectos y actividades indicados en el artículo anterior.2.- se podrá solicitar subvención para la realización de un único proyecto, integrado por una ovarias actividades interrelacionadas. si se presentara más de una solicitud por una misma entidad,sólo se admitirá a trámite la registrada en primer lugar.3.- Quedarán excluidas aquellas entidades locales incursas en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de...

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