Orden PRE/83/2008, de 15 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, a plazas de la categoría profesional Empleado de Servicios perteneciente al grupo E-1 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Orden PRE/83/2008, de 15 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, a plazas de la categoría profesional Empleado de Servicios perteneciente al grupo E-1 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Convocatoria 2008/30.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública («Boletín Oficial de Cantabria» extraordinario número 4, de 1 de abril de 1993), así como en los artículos 26 y siguientes del VII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio del Gobierno de Cantabria («Boletín Oficial de Cantabria número 217, de 10 de noviembre de 2004), se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, en la categoría profesional «Empleado de Servicios» perteneciente al grupo E-1 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. - Plazas convocadas.

    1.1.- Se convocan para su cobertura por personal laboral fijo de nuevo ingreso un total de diez (10) plazas pertenecientes a la categoría profesional de Empleado de Servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Grupo de Clasificación «E-1», correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2008.

    1.2.- Del total de plazas convocadas se reservará un 20% (2) para su cobertura por personas con discapacidad con un grado acreditado de minusvalía igual o superior al 33%, de acuerdo con las previsiones recogidas en el artículo 49.1 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, en concordancia con lo prevenido al efecto en la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Todas aquellas plazas que no se cubran por este turno de reserva, se incorporarán al turno libre. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad superase los ejercicios correspondientes pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la de otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en la Orden PRE/53/2008, de 14 de julio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 139, de 17 de julio de 2008.

  3. - Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (calle Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustará al modelo normalizado que se publica como anexo I a la Orden reguladora de las bases comunes. También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobierno de Cantabria «www.gobcantabria.es» en el apartado «Oferta Pública de Empleo» o dentro del apartado «OPEC@N».

    3.2. Las solicitudes irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Presidencia y Justicia y se presentarán por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través de la dirección de internet «www.gobcantabria.es» dentro de su apartado «OPEC@N» en el caso de que posean certificado digital y tengan abierta una cuenta en cualquiera de las sucursales del «Santander». La presentación de solicitudes por esta vía conllevará el pago telemático de la tasa de derechos de examen. En aquellos casos en que se debiese de presentar documentación adicional junto con la solicitud electrónica, deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente podrá presentarse en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (calle Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados y en cualesquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre).

    3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria».

    3.4.- Los aspirantes deberán indicar en la solicitud el grado de discapacidad que padecen y si solicitan la adaptación de medidas de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas. En tal caso, y a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de lo solicitado, el candidato adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido. En caso de que la incapacidad no fuese permanente, dicho informe deberá haber sido emitido en un plazo no superior a seis meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

    3.5.- Quienes soliciten presentarse al proceso selectivo no podrán participar en el que se convoque para el ingreso por sistema general de acceso libre. En el caso de que concurriese en un mismo aspirante solicitudes para ambos sistemas, prevalecerá su presentación al de personas con discapacidad, salvo declaración expresa en contrario antes de la finalización del plazo de subsanación de defectos a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para personas con discapacidad.

  4. - Derechos de examen.

    4.1.- Los derechos de examen serán de 10,40 euros, y serán objeto de ingreso en cualquier sucursal del «Santander».

    4.2.- En la solicitud de participación en esta convocatoria deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad financiera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o, en su defecto, sello y firma de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    4.3.- Los derechos de examen tienen la consideración de ingresos de derecho público, y no serán objeto de devolución, salvo...

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