Orden MED/30/2017, de 11 de julio, por la que se modifica la Orden MED/29/2016, de 3 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la Federaciones y Asociaciones de las especies apícola, cunícola y ovina.
Sección | 6 - Subvenciones y Ayudas |
Emisor | Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación |
Rango de Ley | Orden |
Orden MED/30/2017, de 11 de julio, por la que se modifica la OrdenMED/29/2016, de 3 de mayo, por la que se establecen las basesreguladoras de las ayudas a la Federaciones y Asociaciones de lasespecies apícola, cunícola y ovina.
La disposición adicional décimo primera de la Ley de Cantabria 1/2017, de 24 de febrero,de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2017 hamodificado el régimen de la concesión de anticipos a los beneficiarios de las subvenciones enrégimen de concurrencia competitiva, exigiendo la previa constitución de garantía que cubrael importe anticipado.
La Orden MED/29/2016, de 3 de mayo, por la que se establecen las bases reguladorasde las ayudas a las Federaciones y Asociaciones de las especies apícola, cunícola y ovina,regula en su artículo 9.2 el pago de la subvención, estableciendo la posibilidad de realizaranticipos, pero sin la exigencia de garantías. Para adecuar el contenido de las citadas basesa las exigencias legales establecidas por la disposición adicional décimo primera de la Ley deCantabria 1/2017, se modifica el citado artículo, en el sentido de exigir garantías para el pagode anticipos conforme a lo que se establezca en la normativa legal vigente al momento depublicación de la correspondiente convocatoria.
En consecuencia, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y en usode las atribuciones conferidas en los artículos 16 y 23.1 de la citada Ley de Cantabria 10/2006,de 17 de julio, y en el artículo 33.f), de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,previos informes y demás trámites procedentes,
DISPONGO
Se modifica el artículo 9.2 de la Orden MED/29/2016, de 3 de mayo, que queda redactadocomo sigue:
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- La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación procederá al pago de las ayudas albeneficiario, tras comprobar con resultado satisfactorio la presentación de los Certificados deestar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y el Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social, expedidaspor la autoridad competente...
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