Orden CUL/42/2007, de 4 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de becas en el Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria destinadas a realización de prácticas de museo; la formación en investigación, inventario y catalogación de materiales arqueológicos, y la formación en labores propias de la biblioteca.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Orden CUL/42/2007, de 4 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de becas en el Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria destinadas a realización de prácticas de museo; la formación en investigación, inventario y catalogación de materiales arqueológicos, y la formación en labores propias de la biblioteca.

El Estatuto de Autonomía de Cantabria en su artículo 24, número 17, establece que es competencia de la Administración Autonómica el Patrimonio Histórico, Artístico, Monumental, Arquitectónico, Documental y Arqueológico de interés para la Comunidad Autónoma de Cantabria. En base a dicha competencia le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte velar por la adecuada conservación, tratamiento y difusión del patrimonio arqueológico, siendo de interés de la misma impulsar la formación de los titulados universitarios en las áreas de Historia, Geografía, Documentación o equivalente, por lo que se ha considerado oportuna la convocatoria de las presentes becas.

Por todo ello, en el marco de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2007 y en el artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

DISPONGO

ARTÍCULO ÚNICO

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de siete (7) becas: dos (2) de ellas para realización de prácticas de Museo destinadas a la formación en tareas propias de una institución museística; tres (3) becas para la formación en investigación, inventario y catalogación de materiales arqueológicos, y dos (2) becas más para formación en labores propias de la biblioteca en el Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria, que se adjudicarán de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, objetividad, publicidad y libre concurrencia, con arreglo a las siguientes bases:

PRIMERA.- Objeto y régimen jurídico.

  1. Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de 7 becas:

    - 2 becas para realización de prácticas de Museo destinadas a la formación en tareas propias de una institución museística.

    - 3 becas para la formación en investigación, inventario y catalogación de materiales arqueológicos.

    - 2 becas para formación en labores propias de la biblioteca en el Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria.

  2. La concesión de las becas se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva. Cada aspirante únicamente podrá presentar solicitud para un tipo de beca.

  3. La condición de beneficiario es incompatible con el disfrute de otra beca o ayuda de naturaleza análoga, durante todo el período de duración de las convocadas a través de la presente Orden.

  4. La concesión y disfrute de la beca, dado su carácter formativo y de especialización, no supondrá vinculación laboral o funcionarial alguna entre el becario y el Gobierno de Cantabria, no darán lugar a la inclusión del becario en la Seguridad Social, ni constituirán mérito alguno para el acceso a la condición de funcionario de carrera, interino o personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    SEGUNDA.- Beneficiarios.

  5. Podrán ser beneficiarios de la beca aquellas personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española, o la de otro Estado miembro de la Unión Europea, y residir en Cantabria en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    2. No disfrutar de una beca o ayuda de naturaleza análoga.

    3. No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución pública o privada, como consecuencia de expediente disciplinario.

    4. Tener las siguientes titulaciones:

      - Para formación en tareas propias del Museo, así como en las labores de investigación, inventario y catalogación de materiales arqueológicos, se precisará la licenciatura en Historia o similar, con especialidad en Prehistoria, Arqueología y/o Historia Antigua.

      - Para formación en las labores propias de la biblioteca del museo se necesitará la licenciatura en Historia, Geografía, Documentación o equivalente.

    5. No haber sido beneficiario de la beca en anteriores convocatorias por un período superior a un año.

    6. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la...

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