Decreto 70/2010, de 14 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de relojes al personal docente de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, a través del procedimiento de concesión directa.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La disposición adicional cuarta de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, dispone que el otorgamiento de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza debe ajustarse a lo contenido en la ley, salvo en aquellos aspectos en losque por la especial naturaleza de las subvenciones no resulte aplicable. El artículo 22.3c) delmismo texto legal establece que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

La correcta gestión de los recursos humanos por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, tiene una relación directa con la eficacia y eficiencia de la actividad administrativa, toda vez que los empleados públicos son el principal activo como elementodiferencial para el desarrollo y ejecución de la misma.

Por tal motivo se considera necesario reconocer y agradecer los servicios prestados por losempleados públicos docentes a lo largo de su carrera administrativa, mediante la entrega deun reloj a aquéllos que se hayan jubilado en los intervalos de tiempo establecidos en el presente Decreto.

Así, visto el informe de la Dirección General del Servicio Jurídico, de conformidad con lodispuesto en el artículo 22.3.c), 29 y 35.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, deSubvenciones de Cantabria, a propuesta de la Consejera de Educación, previa deliberación delConsejo de Gobierno en su reunión del día 14 de octubre de 2010,

DISPONGO

Artículo segundo Beneficiarios.

El presente Decreto será de aplicación al personal docente incluido dentro del artículo 4 dela Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública, en función de la naturalezajurídica de su relación con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Los empleados públicos docentes a los que se otorgan los relojes son aquellos que se hayanjubilado entre el 1 de septiembre de 2009 y el 31 de agosto de 2010.

Los beneficiarios quedarán exentos de acreditar los requisitos del artículo 12.2.e) de la Leyde Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Artículo tercero Financiación.

Los gastos...

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