Orden HAC/09/2019, de 19 de febrero, por la que se regula la documentación para la formación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Cantabria del ejercicio 2018.
Sección | 4 - Economía y Hacienda |
Emisor | Consejería de Economía, Hacienda y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
Orden HAC/09/2019, de 19 de febrero, por la que se regula la documentación para la formación de la Cuenta General de la ComunidadAutónoma de Cantabria del ejercicio 2018.
El título IV de la de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria, regula lacontabilidad el sector público autonómico, recogiendo en el artículo 123, que se encuentra enla sección 2ª del capítulo III del mencionado título, el contenido de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, formada por las cuentas generales de los sectores públicosadministrativo, empresarial y fundacional.
Por lo que respecta al sector público administrativo, el contenido de la cuenta general secompleta con lo regulado en la parte cuarta, denominada "Cuentas Anuales", del Plan Generalde Contabilidad Pública para Cantabria (PGCPCan) aprobado mediante Orden de 29 de diciembre de 2000 (BOC nº 236 de 11/12/2000), de la Consejería de Economía y Hacienda, modificado por la Orden HAC/46/2017, de 5 de octubre de 2017, de la Consejería de Economía,Hacienda y Empleo (BOC nº 200 de 18/10/2017).
No obstante, resulta necesario dictar instrucciones que permitan la obtención de la información y documentación a confeccionar por las distintas unidades administrativas, para laelaboración de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de 2018, detallando los plazos ymedios de remisión a la Intervención General, de acuerdo con el siguiente índice:
Contratación administrativa
Convenios
Personal
Gastos con financiación afectada
Inversiones financieras
Endeudamiento y avales
Cuenta de tributos cedidos
Inventario Patrimonio
Valores depositados
Sector Público Autonómico
Balance e informe sobre programas presupuestarios
Automatización informática de la Cuenta General 2018
Por todo lo expuesto anteriormente, a propuesta de la Intervención General, y en virtud delas competencias que el artículo 117 apartados b) y c) de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, deFinanzas de Cantabria, confiere al titular de la Consejería competente en materia de Hacienda,
DISPONGO
El Servicio de Contratación y Compras, la Unidad de Contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, la Unidad de Contratación del Servicio Cántabro de Salud y la Unidad de Contratación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales confeccionarán los modelosque aparecen publicados en el apartado 4.5 de la Memoria contenida en el PGCPCan, y quehacen referencia a:
- Formas de adjudicación.
- Situación de los contratos.
Asimismo, se confeccionará una relación completa de todos los contratos tramitados conindicación del tipo de contrato, objeto del contrato, presupuesto de licitación, adjudicatario,importe de adjudicación y procedimiento de adjudicación.
El Registro Central de Convenios...
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