Decreto 19/2003, de 27 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal estatutario de Instituciones Sanitarias para el año 2003.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

En materia de selección de personal estatutario de Instituciones Sanitarias es de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria la Ley 30/1999, de 5 de octubre, de Selección y Provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de Salud. Dicha Ley, conforme a lo dispuesto en su artículo 1.2, tiene la consideración de bases del marco estatutario regulador del personal incluido en su ámbito de aplicación. En este sentido, el artículo 2 de la Ley dispone que la misma resulta de aplicación al personal estatutario de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas.

De otra parte, resulta de aplicación a la Oferta de Empleo Público de Personal Estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2003 lo previsto en el artículo 53 de la Ley de Cantabria 9/2002, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2003 en conexión con el artículo 20 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, en cuyo apartado uno, que tiene carácter básico conforme a lo previsto en el apartado cinco del mismo artículo, se establece que durante el año 2003, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público delimitado en el artículo 20 será, como máximo, igual al 100% de la tasa de reposición de efectivos y se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios esenciales. Dentro de este límite, la oferta de empleo público incluirá todos los puestos y plazas desempeñados por personal interino, nombrado o contratado en los dos ejercicios anteriores, excepto aquellos sobre los que existe una reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión. Asimismo, el párrafo final del artículo 20.1 establece que, con independencia de lo dispuesto en el párrafo primero de este apartado, las Administraciones Públicas podrán convocar las plazas correspondientes a sus distintos Cuerpos, Escalas o Categorías que, estando dotadas presupuestariamente e incluidas en sus...

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