Orden HAC/31/2010, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 690 Web de autoliquidación y las obligaciones formales del Impuesto sobre Bolsas de Plástico de un Solo Uso y se crea el Censo de obligados tributarios sujetos.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Por Ley de Cantabria 11/2010, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero, se creó elImpuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Uso, con la finalidad de disminuir la contaminación que generan y contribuir a la protección del medio ambiente.

El apartado 2 del artículo 11 de dicho Impuesto referido a la liquidación dispone que porOrden del titular de la Consejería competente en materia de Hacienda se determinará el lugar,plazo y forma en que los sujetos pasivos deberán autoliquidar el impuesto e ingresar la deudatributaria.

El artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece quela Administración Tributaria promoverá la utilización de recursos electrónicos, informáticos ytelemáticos necesarios para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias.

Añade este precepto que, cuando sea compatible con los medios técnicos de que dispongala administración, los ciudadanos podrán relacionarse con ella para ejercer sus derechos ycumplir con sus obligaciones a través de dichas técnicas y medios electrónicos, informáticos ytelemáticos con las garantías y requisitos previstos en cada procedimiento.

La utilización de estas nuevas vías permite a los contribuyentes y ciudadanos con obligaciones ante el Gobierno de Cantabria no desplazarse hasta las dependencias de la Administraciónpara la presentación de las correspondientes declaraciones y facilita, además, realizar dichostrámites incluso fuera del horario de atención al público.

Desde el año 2000 se viene implantando progresivamente en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria el sistema de gestión integral de ingresos «Modernización yOrganización Unificada de Recursos Operativos (MOURO)», realizándose a través del mismo lagestión e ingreso de los impuestos cedidos y demás recursos del Gobierno de Cantabria, pormedio de los documentos de autoliquidación y declaración aprobados.

Parece oportuno, en la línea iniciada en ésta y otras Administraciones Tributarias, establecer como obligatoria la confección de modelos de autoliquidación a través de los asistentesinformáticos, favoreciendo a los obligados tributarios su realización, evitando requerimientos yotros actos de la comprobación de los tributos con efectos negativos para los obligados.

En virtud de las razones expuestas y haciendo uso de las competencias conferidas en los artículos 33.f) y 112 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y específicamentede la habilitación para el desarrollo normativo recogida en la Disposición Final única establecida en el artículo 1 de la Ley de Cantabria 11/2010, de de diciembre, de Medidas Fiscales yde Contenido Financiero.

DISPONGO

  1. Objeto

    La presente Orden tiene por objeto aprobar el modelo de autoliquidación, establecer determinadas normas para la aplicación del Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Usoy crear un Censo de obligados tributarios sujetos al mismo, en desarrollo del artículo 1 de laLey de Cantabria 11/2010, de de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero.

    CVE-2010-18999

  2. - Definiciones.

    A efectos de lo dispuesto en la Ley de Cantabria 11/2010, de de diciembre de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero, se entenderá por:

    1. Plástico: compuesto macromolecular orgánico obtenido mediante polimerización, policondensación, poliadición u otro procedimiento similar a partir de moléculas de peso molecularinferior o mediante modificación química de moléculas naturales. A tales compuestos puedenañadirse otras sustancias o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR