Decreto 96/2008, de 2 de octubre, por el que se establece el régimen de suplencias de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Sección | 2 - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
CONSEJO DE GOBIERNO
Decreto 96/2008, de 2 de octubre, por el que se establece el régimen de suplencias de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
El artículo 48 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, dispone en su apartado primero que "los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquéllos".
Al amparo de dicho precepto legal, por medio del presente decreto se establece el nuevo régimen de suplencias de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, con el fin de garantizar su correcto funcionamiento en caso de vacante, ausencia o enfermedad de aquéllos.
Por lo expuesto, a propuesta del consejero de Cultura, Turismo y Deporte y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el 2 de octubre de 2008
DISPONGO
En caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de uno de los órganos directivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aplicará el siguiente régimen de suplencias:
- Al secretario general le suplirán el director general de Cultura, el director general de Turismo y el director general de Deporte, por este orden.
- Al director general de Cultura le suplirán el secretario general, el director general de Deporte y el director general de Turismo, por este orden.
- Al director general de Deporte le suplirán el secretario general, el...
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