Orden PRE/35/2014, de 9 de julio, por la que se convocan los puestos que pueden solicitarse a resultas del Concurso de Méritos para la provisión de puestos de trabajo del Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural, pertenecientes al subgrupo C1, convocado por Orden PRE/13/2014, de 26 de marzo.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

Convocatoria 2014/2

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2.N) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de la Función Pública.

DISPONGO

Primero. Convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que figuran en el Anexo I de la presente convocatoria a resultas del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo del cuerpo de técnicos auxiliares del medio natural, pertenecientesal subgrupo C1, convocado por Orden PRE/13/2014, de 26 de marzo, los cuales se ajustarán alo dispuesto en el Decreto 43/2008, de 24 de abril, por el que se aprueban las bases generalesque regirán los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria reservados a funcionarios de carrera, publicadoen el Boletín Oficial de Cantabria número 83, de 29 de abril de 2008.

Segundo. Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de carrera quereúnan los siguientes requisitos:

a) Los establecidos en la base tercera del Decreto 43/2008, de 24 de abril, y los establecidos para el desempeño de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo I de la presenteconvocatoria.

b) No haber obtenido puesto definitivo en el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo del cuerpo de técnicos auxiliares del medio natural, pertenecientes al subgrupoC1, convocado por Orden PRE/13/2014, de 26 de marzo, a excepción de los que hubierentenido que concursar obligatoriamente.

Tercero. La valoración de los méritos para adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdocon lo establecido en la base sexta del Decreto 43/2008, de 24 de abril. Según la base novenadel Decreto 43/2008, de 24 de abril, los méritos que se acrediten estarán referidos al 22 deabril de 2014, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del concurso deméritos para la provisión de puestos de trabajo del cuerpo de técnicos auxiliares del medionatural, pertenecientes al subgrupo C1, convocado por Orden PRE/13/2014, de 26 de marzo.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el punto 2.1.2 de la base sexta del Decreto43/2008, de 24 de abril, para acceder a la fase segunda de esta convocatoria será necesarioobtener una puntuación mínima de 3 puntos en la fase primera.

CVE-2014-10240

Quinto. Quienes deseen tomar parte en el presente concurso, presentarán su solicitudo solicitudes en el correspondiente impreso oficial, que se podrá obtener en las SecretaríasGenerales de cada Consejería, en el Registro General de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria (calle Peña Herbosa, número 29, 39003, Santander), y también sepodrá tener acceso al citado impreso a través de la Intranet del Gobierno de Cantabria en elapartado "Servicios", y que se ajustará al modelo publicado como Anexo II a esta convocatoria, en el plazo de siete (7) días hábiles contados desde el día siguiente a su publicación en elBoletín Oficial de Cantabria.

Las solicitudes irán dirigidas a la Excelentísima Señora Consejera de Presidencia y Justicia,y se presentarán por triplicado en el citado Registro General o, en su caso, en cualesquiera delos lugares y medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(«Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre).

Junto al Anexo II, solicitud de participación, deberá presentarse el Anexo III "Certificaciónde méritos". Para los funcionarios pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria la presentación de solicitud de participación sirve, asimismo, como solicitudde emisión de este certificado.

En el Anexo III se certificarán los méritos no específicos cuyos documentos acreditativosfiguren en el Registro de Personal, o unidad de personal competente, a la finalización del plazode presentación de solicitudes indicado en el apartado tercero de esta convocatoria.

Los datos relativos a méritos específicos u otras circunstancias personales y administrativasde los concursantes, que son de aportación voluntaria, se acreditarán mediante documentosoriginales o fotocopias compulsadas, presentándose junto con la solicitud de participación ydeberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes indicadoen el apartado tercero de esta convocatoria.

El resto de méritos establecidos en la base cuarta, apartado tercero del Decreto 43/2008,de 24 de abril, se acreditarán como establece la citada base, de la siguiente forma:

a) Con respecto al destino previo del cónyuge funcionario o pareja de hecho se acreditarácon fotocopia del Libro de Familia o certificado de inscripción como pareja de hecho en elcorrespondiente Registro o, en ausencia de Registro, mediante certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente, y con una certificación de la Unidad de personalcorrespondiente que acredite la localidad de destino del cónyuge o pareja de hecho, el puestoque desempeña y la forma en que lo ha obtenido.

b) En cuanto al cuidado de un familiar, deberá acreditarse el parentesco (mediante fotocopia del Libro de Familia u otro documento público fehaciente), la situación de dependencia(mediante certificación médica oficial o de los órganos de la Administración Pública competenteen la materia), el no desempeño de actividad retribuida (mediante certificación que acrediteque no está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajopor cuente propia o...

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