Orden HAC/44/2014, de 9 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2014 de subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas singulares de empleo en la comarca del Besaya.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden

En el año 2012, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo puso en marcha, a travésdel Servicio Cántabro de Empleo, el programa de Iniciativas Singulares de Empleo.

Este programa nacía en el contexto de la profunda reforma de las políticas activas de empleo iniciada en el año 2011, con el fin de apoyar las propuestas que en el ámbito local tuvieranpor objeto el desarrollo de actividades o servicios generadores de empleo posterior a su finalización, bajo la filosofía de crear empleo que genere empleo. Para ello, el Gobierno de Cantabriaaportaba la financiación necesaria para costear la contratación de personas en situación dedesempleo para la puesta en marcha de dichas iniciativas, con el objetivo de que coadyuvarana la creación de empleo posterior a su finalización.

De este modo, los proyectos de iniciativas singulares de empleo deberían reunir algunade las siguientes características: que relacionaran actividades económicas de diferente contenido que generasen sinergias entre sí, facilitadoras de la creación de puestos de trabajo;que consistieran en la realización de actuaciones que posibilitaran la puesta en marcha denuevos servicios o actividades económicas con valor añadido o innovadores; o que estuvierandirectamente relacionados con algunos de los ejes estratégicos de la Estrategia de DesarrolloRegional de Cantabria, InverCantabria.

En 2013, la evolución de la situación de crisis económica y de empleo, en especial en lacomarca del Besaya, motivaron la inclusión en los presupuestos del año 2014, de un plan extraordinario que ayudara a combatir las altas tasas de desempleo en esta zona geográfica dela Comunidad Autónoma. Y así, dentro de este plan, se dotó con recursos económicos a lasiniciativas singulares específicas para el Besaya, que el Gobierno se propone poner en marchadentro de su estrategia global de recuperación de esta comarca.

Dicha recuperación, pasa inexorablemente por revitalizar social y económicamente los municipios del área que fue el principal eje industrial de la Comunidad Autónoma de Cantabria,pero que en los últimos años ha sufrido un serio declive.

Gran parte del deterioro se refleja en la existencia de multitud de espacios degradados yruinas industriales que en muchos de los casos vienen acompañados de contaminación real opercibida del suelo, hecho que condiciona la revitalización necesaria para la zona.

La regeneración de estos espacios, constituidos por áreas construidas y no construidas, quese han visto afectadas por un antiguo uso, requieren de una intervención para devolverle unuso beneficioso para la sociedad.

Bajo estas premisas, las iniciativas singulares de empleo del Besaya tendrán por objeto larecuperación medioambiental de zonas degradadas de la comarca, que impliquen la creaciónde empleo, y propicien la generación de nuevas actividades a su alrededor.

Como medida de política activa de empleo, las iniciativas singulares de empleo del Besayaestán incluidas dentro del Plan Anual de Política de Empleo de 2014, dentro del ámbito deactuación del Servicio Cántabro de Empleo, que cada año se elabora en el seno del SistemaNacional de Empleo, siendo su instrumento de gestión el del otorgamiento de subvenciones.

En cuanto al procedimiento de concesión, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 22.2de la Ley de Subvenciones de Cantabria según el cual el procedimiento ordinario será el deconcurrencia competitiva, entendiendo por tal aquél mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas que reúnan lascondiciones para acceder a la subvención, a fin de establecer una prelación entre las mismasde acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la

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convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible,aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Respecto a este último apartado, se tendrán en cuenta diferentes aspectos como: las perspectivas de empleo posterior a la finalización de los proyectos; la mayor tasa de paro registrado sobre el total de la población; la calidad de los proyectos de recuperación medioambiental; y la incorporación de entidades privadas sin ánimo de lucro en el desarrollo y ejecución delos proyectos.

Para su ejecución, las entidades beneficiarias deberán contratar a personas desempleadase inscritas en el Servicio Cántabro de Empleo, destinándose las subvenciones a financiar losgastos derivados de dichas contrataciones; en cualquier caso, corresponderá a cada entidadbeneficiaria el puntual abono de nóminas, pago de cotizaciones sociales e ingreso de las retenciones practicadas a cuenta del IRPF, independientemente del momento de abono, en su caso,de la subvención concedida para tal fin.

Finalmente, en cuanto al régimen de justificación de los fondos, resultará de aplicación loprevisto en el artículo 31.7 de la Ley de Subvenciones de Cantabria en aquellos casos en quela entidad beneficiaria tenga la condición de Administración Pública; para el resto de casos seráde aplicación la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto o decuenta justificativa simplificada, en función de la cuantía de la subvención concedida.

Por tanto, resulta procedente proceder a la aprobación de las bases reguladoras y procedera la convocatoria de subvenciones del programa de iniciativas singulares de empleo de la comarca del Besaya del año 2014.

En virtud de lo expuesto, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Cantabria 10/2006, de17 julio, de Subvenciones de Cantabria, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo33 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y dela Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para el año 2014 de subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas singularesde empleo en la comarca del Besaya que se desarrollen a partir del 1 de diciembre de 2014.

A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por iniciativa singular de empleo en lacomarca del Besaya, el conjunto de actuaciones que tengan por objeto poner en marchaproyectos de recuperación medioambiental de espacios infrautilizados, sin uso, degradados,contaminados o no, en el ámbito territorial definido en el anexo.

Artículo 2 Financiación.
  1. La financiación para atender estas subvenciones se hará con cargo al siguiente créditopresupuestario de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria:

    - 13.00.241M.467: hasta 1.953.143,00 euros, para iniciativas singulares de empleo promovidas por municipios relacionados en el anexo.

  2. En el supuesto de que una vez resuelta la convocatoria se haya agotado el importeafectado a la misma, si se producen renuncias, se podrán asignar nuevas concesiones sin necesidad de nueva convocatoria a los proyectos que no llegaron a obtener subvención y que deacuerdo con los criterios de valoración mantenían una posición inmediatamente posterior a lade los proyectos subvencionados.

Artículo 3 Entidades beneficiarias.
  1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos de los municipios de la comarca del Besaya mencionados en el anexo, siempre y cuando cumplan los requisitos esta-

    blecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones deCantabria:

  2. Las entidades que puedan ser beneficiarias podrán ser promotores individuales de unproyecto de iniciativa singular de empleo, o bien liderar un proyecto que agrupe a varias deellas; en este último caso, la entidad líder asumirá la condición de solicitante y, en su caso, debeneficiario de la subvención.

  3. Las entidades solicitantes, para ser beneficiarias, deberán acreditar con anterioridad adictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de susobligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 4 Requisitos de las iniciativas singulares de empleo.
  1. Los proyectos de iniciativas singulares de empleo deberán reunir las siguientes características:

    1. Que consistan en proyectos de recuperación medioambiental en uno o varios espacioscomprendidos dentro de su término municipal.

    2. Que las actuaciones de recuperación de dichos espacios cuenten con el informe favorable de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, con carácterprevio a la concesión de la subvención.

    3. Que los proyectos incorporen como mínimo el contenido establecido en el artículo 123del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de noviembre, salvo lo establecido en su apartado 3 que no seránecesario incluir.

    4. Que, en la medida de lo posible:

    1. Relacionen actividades económicas de diferente contenido que generen sinergias entresí, facilitadoras de la creación de puestos de trabajo.

    2. Consistan en la...

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