Consejo de Gobierno .- Decreto 80/2009, de 15 de octubre, por el que se regula el procedimiento a seguir para el pago de los gastos financieros generados como consecuencia del anticipo por parte de las distintas entidades financieras a favor de los ganaderos o explotaciones ganaderas de Cantabria de las ayudas de pago único.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 80/2009, de 15 de octubre, por el que se regula el procedimiento a seguir para el pago de los gastos financieros generados como consecuencia del anticipo por parte de las distintas entidades financieras a favor de los ganaderos o explotaciones ganaderas de Cantabria de las ayudas de pago único.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El sector ganadero en Cantabria viene sufriendo en los últimos meses una importante crisis que pone en peligro la pervivencia de numerosas explotaciones.

La Unión Europea, consciente de este peligro que alcanza a muchos Estados Miembros, viene adoptando diversas medidas dirigidas a paliar los efectos de la crisis en el sector intentando favorecer el aumento de los precios pagados a los productores o disminuir los costes de producción. Simultáneamente, se han propuesto acciones destinadas a dotar de liquidez a las explotaciones ganaderas. Una de las principales es la posibilidad concedida a las Comunidades Autónomas de anticipar al 16 de octubre el pago del 70% de las Ayudas de Pago Único de la política agrícola común, cuyo plazo legal de pago no comienza hasta el 1 de diciembre.

El Gobierno de Cantabria, conocedor de las dificultades económicas de muchas explotaciones en esta Comunidad Autónoma, considera que podría resultar una medida muy útil en este momento establecer un sistema que facilite a los ganaderos la obtención de la totalidad de la ayuda que les corresponda por pago único en condiciones financieras ventajosas de modo que dispongan de liquidez inmediata por la totalidad de la ayuda que les pudiera corresponder cuando se resuelva la convocatoria.

Lógicamente, este sistema se diseña para que pueda alcanzar a la totalidad de los titulares de explotaciones que la soliciten y sean beneficiarios, a su vez, de ayudas de Pago Único, de modo que, por estar disponible para todos los potenciales solicitantes, no es preciso promover concurrencia competitiva.

Para ello, se ha decidido iniciar una vía de colaboración con el sector que se plasma en el procedimiento contenido en el presente Decreto.

Por lo expuesto, a propuesta del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad, vistos los informes favorables emitidos y previa deliberación del Consejo de...

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