Decreto 15/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueban los Planes Sectoriales de Residuos que desarrollan el Plan de Residuos de Cantabria 2006-2010 y, en su virtud se fijan los objetivos del mismo para el período 2010-2014

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EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Sectoriales de Residuos que desarrollan el Plan de Residuos de Cantabria 2006-2010 y, en su virtud se fijan los objetivos del mismo para el período 2010-2014.

El VI Programa de Acción Comunitaria en materia de Medio Ambiente «Medio Ambiente2010: El futuro está en nuestras manos» señala como una de las áreas fundamentales de actuación política la gestión de los residuos de acuerdo con los siguientes principios jerárquicos:

1) Reducción del volumen de residuos generados;

2) Reciclado, Reutilización y Recuperación de los materiales y/o energía contenida en losresiduos, y

3) Eliminación en condiciones de seguridad controlada en función de los riesgos derivadosde los materiales a verter; lo que introduce la perspectiva del ciclo de vida de los materiales yel carácter finito de los recursos en la gestión de los residuos.

Asimismo, el VI Programa Marco incluye entre sus líneas de acción estratégicas, la de mejorar el conocimiento y la participación de los ciudadanos en la política ambiental. Para ello seaprobó la Directiva 2003/4/CE, de 28 de enero de 2003 del Parlamento Europeo y del Consejo,relativa al acceso del público a la información medioambiental y la Directiva 2003/35/CE, de26 de mayo del 2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece medidas para laparticipación del público en la elaboración de determinados planes y programas.

La Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006,relativa a los residuos, en la actualidad derogada por la Directiva 2008/98/CE del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, ya preveía la obligación de los Estados Miembros de la UniónEuropea de aprobar planes de gestión de residuos.

El artículo 4 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, regula las competencias enmateria de residuos de la Administración Estatal, Autonómica y Local. El apartado 2 de dichoartículo contempla la obligación de las Comunidades Autónomas relativa a la elaboración de losplanes autonómicos de residuos. El artículo 5 de la Ley señala que corresponde a la Administración General del Estado, mediante la integración de los respectivos planes Autonómicos deresiduos, la elaboración de los diferentes planes nacionales de residuos, en los que se fijaránlos objetivos específicos de reducción, reutilización, reciclado, otras formas de valorizacióny eliminación; las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos; los medios de financiación, y el procedimiento de revisión. Los planes auto-nómicos de residuos contendrán lasdeterminaciones anteriores, incluyendo la cantidad de residuos producidos y la estimación delos costes de las operaciones de prevención, valorización y eliminación, así como los lugares einstalaciones apropiados para la eliminación de los residuos.

En el ámbito autonómico, la Ley de Cantabria 8/1993, de 18 de noviembre, del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Cantabria, establece los objetivos del Plan de Gestión delos Residuos Sólidos Urbanos y declara de servicio público autonómico por su carácter supramunicipal una serie de actividades relacionadas con la gestión de dichos residuos. El artículo 5de la Ley se refiere a la aprobación del Plan de Residuos Urbanos de Cantabria.

Con estos antecedentes se elaboró y aprobó el Decreto 102/2006, de 13 de octubre, por elque se aprobó el Plan de Residuos de Cantabria 2006-2010, que se fundamentó en esa primera

premisa de generalidad y en unas grandes directrices que conectan la política de residuos deCantabria con la que se establece en el ámbito de la Unión Europea a partir de sus diversasnormas sobre residuos teniendo en cuenta, en particular, la Resolución del Consejo de la UniónEuropea de 24 de febrero de 1997, sobre una estrategia comunitaria de gestión de residuos, yel VI Programa de Acción Comunitaria en materia de Medio Ambiente.

El Plan de Residuos de Cantabria 2006-2010, como documento integrador, se configuracomo un Plan de la Administración Ambiental Autonómica que ésta elabora en respuesta a suscompetencias y responsabilidades establecidas en el artículo 5 de la Ley 10/1998, de 21 deabril, de Residuos, asumiendo su papel de organismo regulador.

El artículo 2.3 del Decreto 102/2006, de 13 de octubre, establece que el Plan de Residuosde Cantabria tendrá una vigencia que abarcará hasta el 31 de diciembre de 2010.

Alcanzado ese momento, el Gobierno de Cantabria mediante Decreto procederá a su prórroga y, en su caso, a la revisión. Por otra parte, el artículo 5 del Decreto establece que paraconcretar específicamente las acciones a realizar, la planificación temporal y los indicadorespara su evaluación, sin perjuicio de los Planes Europeos y/o Nacionales, se elaborarán y aprobarán en Cantabria los siguientes Planes Sectoriales: Plan Sectorial de Residuos del SectorPrimario y de Servicios Sanitarios y Veterinarios de Cantabria; Plan de Residuos Agrícolas;Plan de Residuos Ganaderos; Plan de Residuos Forestales; Plan de Residuos Sanitarios; PlanSectorial de Residuos del Sector Industrial, Construcción y Minería de Cantabria; Plan de Residuos Industriales; Plan de Residuos Peligrosos; Plan de Residuos Mineros; Plan de Residuos deConstrucción y Demolición; Plan Sectorial de Residuos Especiales de Cantabria; Plan de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB) Poli-cloroterfenilos (PCT) y aparatosque los con-tengan; Plan de Vehículos al Final de su Vida Útil; Plan de Pilas y Baterías Usadas;Plan de Residuos Eléctricos y Electrónicos; Plan de Neumáticos Fuera de Uso; Plan de Lodos deDepuradora de Aguas Residuales; Plan Sectorial de Residuos Municipales de Cantabria; Plande Residuos Urbanos; Plan de Residuos Voluminosos; Plan Sectorial de Suelos Contaminados.

El artículo 6 del Decreto 102/2006 dispone que la aprobación de los Planes Sectoriales deResiduos se realizará por el Gobierno de Cantabria, mediante Decreto.

La Consejería de Medio Ambiente al objeto de ser coherente con su planificación, ha agrupado todos los Planes Sectoriales previstos en el citado artículo 5 del Decreto 102/2006, aexcepción del Plan Sectorial de Suelos Contaminados, en cuatro grandes bloques:

- Plan de Residuos Municipales.

- Plan del Sector Primario, Sanitario y Veterinario.

-Plan de Residuos del Sector Industrial, Construcción y Minería.

- Plan de Residuos Especiales.

La razón de no incluir el Plan Sectorial de Suelos Contaminados radica en que éstos seregulan por una normativa específica: el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que seestablece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios yestándares para la declaración de suelos contaminados. Por ello, se ha considerado que dichaproblemática debe ser objeto de un estudio pormenorizado que parta de los datos concretoscon los que cuente la Administración Autonómica una vez que los titulares de las actividadespotencialmente contaminantes del suelo hayan cumplido con las obligaciones que prevé dichanormativa. Por tanto, el Plan de Suelos Contaminados contemplará la situación de los mismos,estableciendo objetivos concretos a conseguir desde el Gobierno, pero partiendo de los datosy resultados que se hayan obtenido previamente de los análisis que, en cumplimiento de lalegislación aplicable, se están efectuando en la actualidad.

Por otra parte, el estudio pormenorizado de cada uno de los flujos de residuos -los municipales; los provenientes del sector primario, sanitario y veterinario; los correspondientes alsector industrial, de la construcción y de la minería así como los conocidos como residuos especiales- ha supuesto la necesidad de matizar y ampliar algunos de los objetivos previstos en

el Plan de Residuos de Cantabria 2006-2010, que mediante la aprobación del presente Decretose revisan para el período 2010-2014, coincidiendo, así, con el ámbito temporal de aplicaciónde los Planes Sectoriales de Residuos que vienen a desarrollar el Plan de carácter general.

Se ha comprobado que algunos de los objetivos previstos en el Plan de Residuos de Cantabria 2006-2010 se han superado, bien por el cumplimiento de los mismos por parte delGobierno de Cantabria, bien por las nuevas exigencias ambientales derivadas de la legislacióncomunitaria y estatal. Por ello, la planificación que se propone con estos planes de desarrolloimpone una revisión de los objetivos iniciales previstos en el momento en el que se aprobó elDecreto 102/2006, de 13 de octubre, revisión cuya necesidad ya estaba prevista en el citadoDecreto y que viene motivada por el "ius variandi" que ostenta la Administración en su actividad planificadora, derivado de las nuevas necesidades ambientales, sociales y económicas.

En la aprobación de los Planes Sectoriales de Residuos se ha tenido en cuenta, por tanto, lalegislación comunitaria y estatal, así como la distinta planificación estatal en esta materia. Separte, de este modo, de la jerarquía de residuos basada en la prevención en su generación; lapreparación para su reutilización; el reciclado; otro tipo de valorización, por ejemplo, la valorización energética; y, finalmente, en la eliminación. Dicha jerarquía establece, en general, unorden de prioridad de lo que constituye la mejor opción global para el medio ambiente en lalegislación y la política en materia de residuos, aunque pueda resultar necesario apartarse dedicha jerarquía para determinados flujos de residuos cuando esté justificado por motivos defactibilidad técnica, viabilidad económica y...

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