Orden GAN/49/2012, de 2 de agosto, por la que se establecen requisitos y modelos de documentos sanitarios para el movimiento de animales.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Orden GAN/49/2012, de 2 de agosto, por la que se establecen requisitos y modelos de documentos sanitarios para el movimientode animales.

La Ley 8/2003 de 24 de abril de sanidad animal regula en su capítulo IV, sobre ordenaciónsanitaria del mercado de los animales, la certificación oficial del movimiento, estableciendo quepara el movimiento de animales, salvo los domésticos, y para el movimiento de óvulos, semeno embriones se precisa la emisión de un certificado sanitario de origen emitido por veterinariooficial o, en su caso, por veterinario autorizado o habilitado al efecto por los órganos competentes de las comunidades autónomas.

En base a ello, mediante Orden 44/2003 de 11 de junio, por la que se establecen requisitosy modelos de documentos sanitarios para el movimiento de animales, la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca establece los distintos modelos de documentos sanitarios previstospara cada tipo de movimiento pecuario en función del ambito territorial afectado, así como losrequisitos para su emisión.

No obstante la citada Ley 8/2003 de sanidad animal establece que las comunidades autónomas en su ámbito territorial podrán regular reglamentariamente excepciones sobre elcertificado sanitario, una vez implantadas las redes de vigilancia epidemiológica, cuando eldocumento pueda ser sustituido por otro sistema que presente las mismas garantías siempreque las características de la especie animal de que se trate o su comercialización lo justifique.

De acuerdo con ello, una vez instaurada en Cantabria la red informática que integra lasbases de datos oficiales de trazabilidad, identificación y sanidad animal que permite mantenerla garantías para la salud pública y la sanidad animal en el movimiento del ganado y para supuestos determinados, se considera oportuno acogerse a la excepción mencionada con objetode agilizar el procedimiento de documentación en las transacciones de ganado en el ámbitoterritorial de la comunidad autónoma y en aplicación del principio de eficiencia de las administraciones públicas. Asimismo es preciso actualizar los modelos de documentos regulados en lahasta ahora en vigor Orden 44/2003.

Por tal motivo resulta aconsejable proceder a la derogación íntegra de la Orden de 44/2003de 11 de junio, y la publicación de una nueva norma que regule la posibilidad de exceptuar dela necesidad de certificado oficial para el movimiento pecuario dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria y recoja los nuevos modelos de documentos sanitarios previstos para cadatipo de movimiento en función del ámbito territorial afectado.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 3114/1982, de 24 dejulio, sobre transferencia en materia de ganadería y agricultura, Ley 8/2003 de 24 de abril desanidad animal y en virtud de las competencias conferidas en los...

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