Ley de Cantabria 6/2012, de 28 de noviembre, de Crédito Extraordinario de Regularización y Financiación de Insuficiencias por Actuaciones Anteriores a 1 de enero de 2012.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorParlamento de Cantabria
Rango de LeyLey

El presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestadel Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente

Ley de Cantabria 6/2012, de 28 de noviembre, de Crédito Extraordinario de Regularizacióny Financiación de Insuficiencias por Actuaciones Anteriores a 1 de enero de 2012.

PREÁMBULO

La grave situación financiera en la que se encuentran las Administraciones Públicas, agravada por las restricciones a las que ha tenido que hacer frente esta Comunidad Autónoma parala obtención de financiación ajena, ha generado retrasos en el pago de las obligaciones frentea sus acreedores, con el consiguiente deterioro de la situación de liquidez de las empresasproveedoras de bienes y servicios.

Para hacer frente a esta situación, el Consejo de Política Fiscal y Financiera adopto elAcuerdo 6/2012, de 6 de marzo, por el que se fijaron las líneas generales del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a los proveedores de las Comunidades Autónomas.Posteriormente enmarcadas como mecanismo extraordinario o adicional de financiación en laLey Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Por otro lado, se han detectado otras obligaciones para las que no existe crédito en el ejercicio y su origen es anterior al ejercicio 2012, con la diferencia de que su financiación deberáhacerse con cargo a créditos del Presupuesto 2012 y no con cargo a la operación de endeudamiento autorizada.

Con el fin de hacer frente a estas obligaciones, y no existiendo en los Presupuestos de laComunidad Autónoma de Cantabria para el año 2012, crédito adecuado y suficiente para ello,procede aplicar lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria, modificado por la Ley de Cantabria 2/2012, de 30 de mayo, deMedidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidadde los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en lo relativo a la tramitación de un crédito extraordinario.

Artículo 1

Se concede un crédito extraordinario de 288.144.069,25 euros, de los cuales 269.177.643,36euros servirán para atender a la cobertura de obligaciones con proveedores de la ComunidadAutónoma de Cantabria incluidas en el ámbito de aplicación y con los límites, condiciones yrequisitos del Acuerdo 6/2012, de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, y 18.966.425,89 euros para el pago de obligaciones para las que no existe crédito en el ejercicioy su origen es anterior al año 2012.

A estos efectos, se entiende por Comunidad Autónoma la Administración de la Comunidad,así como aquellos entes y organismos públicos dependientes de aquélla, que presten servicioso produzcan bienes que no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales, y que

CVE-2012-16538

estén incluidos en el subsector Comunidades Autónomas del sector Administraciones Públicasde acuerdo con la metodología de la contabilidad nacional.

Artículo 2

Las aplicaciones presupuestarias del gasto financiado con una operación de endeudamientobasada en el Acuerdo 6/2012, de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, sedistribuirán en cada Sección Presupuestaria con la creación de un concepto presupuestariodenominado "Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficienciaspor actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores" que se creará en el programa "Dirección y Servicios Generales" de cada Consejería, enel programa "Dirección y Servicios Generales" del Servicio Cántabro de Salud y en el programa"Prestaciones y programas de Servicios Sociales" del Instituto Cántabro de Servicios Socialesy en los Capítulos II, IV, VI y VII, según se trate de:

  1. Gastos Corrientes: Subconcepto 228.99.

  2. Transferencias Corrientes: En los artículos 41 o 44 según se trate de aportaciones a Organismos Autónomos o a Sociedades Públicas, Entidades Públicas Empresariales, Fundacionesy resto del Sector Público Autonómico.

  3. Gastos de Inversiones: Subconcepto 649.99.

  4. Transferencias de Capital: En los artículos 71 o 74 según se trate de aportaciones a Organismos Autónomos o a Sociedades Públicas, Entidades Públicas Empresariales, Fundacionesy resto del Sector Público Autonómico.

Estas aplicaciones se relacionan en el Anexo I.

Artículo 3

Las aplicaciones presupuestarias del gasto financiado con el Fondo de Contingencia y otrosImprevistos, se distribuirán en cada Sección Presupuestaria con la creación de un conceptopresupuestario denominado "Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación deinsuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012", que se creará en el programa"Dirección y Servicios Generales" de cada Consejería, y en los Capítulos II, IV, VI y VII, segúnse trate de:

  1. Gastos Corrientes: Subconcepto 228.55.

  2. Transferencias Corrientes: En el artículo 48 por tratarse de familias e Instituciones sinfines de lucro.

  3. Gastos de Inversiones: Subconcepto 649.55.

  4. Transferencias de Capital: En los artículos 71 o 74 según se trate de aportaciones a Organismos Autónomos o a Sociedades Públicas, Entidades Públicas Empresariales, Fundacionesy resto del Sector Público Autonómico.

Estas aplicaciones se relacionan en el Anexo II.

Artículo 4

Las aplicaciones presupuestarias del gasto, financiado con baja de otros créditos del presupuesto de gasto, se distribuirán en cada Sección Presupuestaria con la creación de un conceptopresupuestario denominado "Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación deinsuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012", que se creará en el programa"Dirección y Servicios Generales" de cada Consejería, y en los Capítulos II, IV, VI y VII, segúnse trate de:

  1. Gastos Corrientes: Subconcepto 228.56.

  2. Transferencias Corrientes: En el artículo 48 por tratarse de familias e Instituciones sinfines de lucro.

  3. Gastos de Inversiones: Subconcepto 649.56.

  4. Transferencias de Capital: En el artículo 78 por tratarse de familias e Instituciones sinfines de lucro.

Estas aplicaciones se relacionan en el Anexo III.

Artículo 5

El crédito extraordinario al que se refiere el artículo 1 se financiará con los recursos y en lascuantías que a continuación se establecen:

  1. 269.177.643,36 euros, resultado de la adhesión de la Comunidad Autónoma de Cantabria al mecanismo extraordinario de financiación aprobado por el Acuerdo 6/2012, de 6 demarzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, con una operación de endeudamiento.

  2. 18.461.266,51 euros con baja en la aplicación 06.08.929.N.500 "Fondo de Contingenciay otros Imprevistos".

  3. 505.159,38 euros con baja en las siguientes aplicaciones:

02.05.491M.216 142.344,84 €

05.03.412A.227.99 200.000,00 €

05.03.412A.640.03 110.000,00 €

05.03.412B.629 52.814,54 €

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Los pagos a los proveedores de la Comunidad Autónoma y de las entidades que dependande ésta, definidas en el artículo 1 de esta Ley, por obligaciones no imputadas a los Presupuestos, mediante el mecanismo extraordinario de financiación aprobado por el Acuerdo 6/2012,de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, se realizarán con cargo a cuentasextrapresupuestarias, sin perjuicio de que se apliquen posteriormente, en formalización, a loscréditos del Presupuesto de gasto recogidos en la presente Ley.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficialde Cantabria.

Palacio del Gobierno de Cantabria, 28 de noviembre de 2012.

El presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

Juan Ignacio Diego Palacios.

ANEXO I

Distribución por conceptos y cantidades de los gastos adheridos al mecanismo extraordinario definanciación, y financiados con una operación de endeudamiento

  1. - Consejería de Presidencia y Justicia:

    02.00.921.M.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismoextraordinario de pago a proveedores

    02.00.921.M.649.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismoextraordinario de pago a proveedores

    02.00.921.M.440.99 Servicios de Emergencias de Cantabria S.A. SEMCA. Ley de crédito extraordinario deregularización y financiación de insuficienciaspor actuaciones anteriores a 1 de enero de2012. Mecanismo extraordinario de pago aproveedores

    02.00.921.M.740.99 Servicios de Emergencias de Cantabria S.A. SEMCA. Ley de crédito extraordinario deregularización y financiación de insuficienciaspor actuaciones anteriores a 1 de enero de2012. Mecanismo extraordinario de pago aproveedores

    02.00.921.M.440.98 Empresa Cántabra para el Desarrollo de lasNuevas Tecnologías en la Administración S.L.(EMCANTA, S.L.). Ley de crédito extraordinariode regularización y financiación deinsuficiencias por actuaciones anteriores a 1de enero de 2012. Mecanismo extraordinariode pago a proveedores

    02.00.921.M.740.98 Empresa Cántabra para el Desarrollo de lasNuevas Tecnologías en la Administración S.L.(EMCANTA, S.L.). Ley de crédito extraordinariode regularización y financiación deinsuficiencias por actuaciones anteriores a 1de enero de 2012. Mecanismo extraordinariode pago a proveedores

    2.487.770,58

    511.616,30

    1.070.886,12

    67.429,74

    2.651,91

    2.278.342,67

  2. - Consejería de Obras Públicas y Vivienda:

    04.00.451.N.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismoextraordinario de pago a proveedores

  3. - Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural:

    05.00.411.M.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismoextraordinario de pago a proveedores

    05.00.411.M.649.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismoextraordinario de pago a proveedores

    05.00.411.M.412.99 Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA). Leyde crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias poractuaciones anteriores a 1 de enero de 2012.Mecanismo extraordinario de pago aproveedores

  4. - Consejería de Economía, Hacienda y Empleo:

    06.00.923.M.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismoextraordinario de pago a proveedores

    06.00.923.M.413.99 Instituto Cántabro de Estadística (ICANE). Leyde crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias poractuaciones anteriores a 1 de enero de 2012.Mecanismo extraordinario de pago aproveedores

    12.201,48

    386.353,69

    779.147,04

    2.607,80

    1.604,80

    50,17

  5. - Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo:

    07.00.451.M.649.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    07.00.451.M.449.99 Aguas de la Cuenca del Norte. Abastecimiento de agua bruta. Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias poractuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energía de Cantabria S.A. (MARE S.A.). Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación deinsuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    07.00.451.M.440.98 Sistemas Medio Ambientales de Cantabria S.A.U. Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

  6. - Consejería de Educación, Cultura y Deporte:

    09.00.321.M.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    09.00.321.M.649.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    09.00.321.M.440.99 Sociedad Regional para la Gestión y Promoción deActividades Culturales del Palacio de Festivales deCantabria S.A. Ley de crédito extraordinario deregularización y financiación de insuficiencias poractuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    09.00.321.M.440.98 Sociedad Regional de Cultura y Deporte S.L. Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    09.00.321.M.740.98 Sociedad Regional de Cultura y Deporte S.L. Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    2.248.745,27

    3.219.379,08

    1.342.726,62

    07.00.451.M.440.99

    823.777,93

    14.154,56

    5.855,57

    153.337,58

    266.812,77

    6.620.037,51

  7. - Consejería de Sanidad y Servicios Sociales:

    10.00.311.M.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

  8. - Servicio Cántabro de Salud:

    11.00.312.M.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

  9. - Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio:

    12.00.421.M.228.99 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    12.00.421.M.440.99 Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria S.A. (SODERCAN, S.A.). Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012.Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    12.00.421.M.740.99 Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria S.A. (SODERCAN, S.A.). Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012.Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    12.00.421.M.440.98 Sociedad Regional de Turismo de Cantabria, S.A.Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    12.00.421.M.440.97 El Soplao, S.L. Ley de crédito extraordinario deregularización y financiación de insuficiencias poractuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    319,00

    244.443.178,86

    9.998,23

    48.504,12

    71.209,86

    433.961,82

    54.199,37

  10. - Instituto Cántabro de Servicios Sociales:

    16.00.231.A.228.9 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    16.00.231.A.442.99 Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social. Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    16.00.231.A.742.99 Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social. Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012. Mecanismo extraordinario de pago a proveedores

    85,23

    1.651.361,88

    169.335,80

ANEXO II

Distribución por conceptos y cantidades del resto de gastos financiados con el Fondo deContingencia

  1. - Consejería de Presidencia y Justicia:

    02.00.921.M.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    02.00.921.M.489.55 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    02.00.921.M.649.55 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

  2. - Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural:

    05.00.411.M.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    05.00.411.M.649.55 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    05.00.411.M.740.55 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

  3. - Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo:

    07.00.451.M.649.55 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    07.00.451.M.740.55 Confederación Hidrográfica del Norte. Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

  4. - Consejería de Educación, Cultura y Deporte:

    09.00.321.M.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    14.580,00

    589.672,52

    87.017,25

    507.024,89

    1.859.952,60

    27.811,69

    294.857,79

    967.065,53

    4.246,00

  5. - Servicio Cántabro de Salud:

    11.00.312.M.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    11.10.312.B.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    11.20.312.C.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    11.21.312.C.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    11.22.312.B.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

    11.22.312.C.228.55 Ley de crédito extraordinario de regularización y financiación de insuficiencias por actuaciones anteriores a 1 de enero de 2012

ANEXO III

Distribución por conceptos y cantidades de gastos financiados con bajas en créditos delpresupuesto de gastos

  1. - Consejería de Presidencia y Justicia:

    02.00.921.M.228.56 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    02.00.921.M.489.56 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

  2. - Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural:

    05.00.411.M.228.56 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    05.00.411.M.649.56 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    05.00.411.M.780.56 Ley de crédito extraordinario de regularización yfinanciación de insuficiencias por actuacionesanteriores a 1 de enero de 2012

    19.175,00

    51.829,95

    12.735.777,73

    354.954,97

    15.523,81

    931.776,78

    9.454,40

    132.890,44

    1.458,09

    323.951,03

    37.405,42

    2012/16538

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