Orden 47/2000, de 31 de mayo, por la que se regulan las ayudas a producción, giras o campañas de grupos aficionados en materia de teatro.
Sección | 6 - Subvenciones y Ayudas |
Emisor | Consejeria de Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Orden |
Regulándose en los Presupuestos Generales de Cantabria de los sucesivos ejercicios el que las subvenciones concedidas con cargo a aquéllos lo serán con arreglo a los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión, y siendo de competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria, conforme se establece en el Estatuto de Autonomía, en su artículo 24.18: «la cultura», y estando dotadas las correspondientes partidas presupuestarias, es preciso regular el régimen de ayudas a producción, giras o campañas en materia de teatro.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley 2/97 de 28 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración del Gobierno de Cantabria,
DISPONGO
Las ayudas tendrán como finalidad la promoción de actividades en materia de teatro, abarcando desde la producción, a las giras.
Podrán ser beneficiarios de la subvención los grupos aficionados de teatro legalmente constituidos, con domicilio legal en Cantabria.
Quedan excluidos aquello grupos de aficionados que habiendo recibido alguna subvención o ayuda del Gobierno de Cantabria no hubieran justificado su empleo, en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes que contempla la presente Orden, salvo que el plazo reglamentario de justificación de aquéllas se extienda más allá del anteriormente señalado.
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La instancia, que se realizará conforme al modelo que se acompaña en la presente Orden, deberá ir dirigida al excelentísimo señor consejero de Cultura y Deporte, y se presentará en un plazo de veinte días naturales a partir de su publicación en el BOC en el Pasaje de Peña, 2-primera planta, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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DNI y NIF.- Mediante fotocopia simple.
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Estatutos.- Mediante fotocopias compulsadas del original y con la diligencia del Registro correspondiente.
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Curriculum vitae.- En la que figurarán las actividades culturales o artísticas realizadas hasta la fecha de la solicitud.
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Presupuesto.- Referido a la actividad para la que se solicita subvención. En él deberá figurar un apartado de ingresos, aún en el caso de que no se prevea ninguno. En el caso de giras, deberá especificarse el gasto de viajes y transportes de material.
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Proyecto/Memoria de actividades a realizar/das.- Deberá detallarse en él la actividad para el que se solicita la...
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