Orden ECD/88/2012, de 3 de julio, por la que se modifica la Orden EDU/60/2009, de 8 de junio, por la que se regula la provisión de empleo docente interino en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Sección | 2 - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejería de Educación, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Orden |
Orden ECD/88/2012, de 3 de julio, por la que se modifica laOrden EDU/60/2009, de 8 de junio, por la que se regula la provisiónde empleo docente interino en los centros públicos dependientes dela Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras parala ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónomade Cantabria, contempla medidas sobre el ejercicio de derechos sindicales en relación con eltiempo retribuido para realizar funciones sindicales y de representación, nombramiento dedelegados sindicales, así como dispensas totales de asistencia al trabajo.
Dicha Ley dispone que puedan constituirse bolsas de horas sindicales, entre otros, en elámbito del personal docente.
Para la aplicación de dichas medidas, con fecha 26 de junio de 2012, se ha suscrito unpacto entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y las organizaciones sindicales de laenseñanza pública no universitaria.
De todo ello deriva una nueva configuración de los nombramientos de funcionarios interinos a los que den lugar los permisos por acumulación de horas sindicales, que obliga a modificar la definición de los tipos de nombramientos interinos establecida en el artículo 4 de laOrden EDU/60/2009, de 8 de junio.
En virtud de lo cual, oídas las Organizaciones Sindicales, previo informe de la AsesoríaJurídica y en uso de las facultades que me confiere el artículo 33 de la Ley 6/2002, de 10 dediciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
DISPONGO
El artículo 4 de la Orden EDU/60/2009, de 8 de junio, queda redactado como sigue:
"Artículo 4. Por la causa que lo origina.
Atendiendo a la causa que lo origina, el nombramiento de los funcionarios interinos puedeser de los siguientes tipos:
1) Nombramiento para un puesto vacante de plantilla al inicio del curso escolar: Se considerarán vacantes los...
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