Consejo de Gobierno .- Decreto 125/2008, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Enero de 2009
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de Santa Cruz de Bezana
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 125/2008, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

PREÁMBULO

Por medio de la Ley de Cantabria 4/2008, de 24 de noviembre, de creación de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria se creó el ente autonómico Agencia Cántabra de Administración Tributaria, en lo sucesivo Agencia, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena capacidad y atribuciones para organizar y ejercer las funciones que se determinan en la citada Ley.

La disposición final tercera de la Ley de Cantabria 4/2008, de 24 de noviembre, establece que el Consejo de Gobierno, aprobará el Reglamento de desarrollo de la Ley en un plazo inferior a nueve meses desde su entrada en vigor.

El Reglamento que aprueba el presente Decreto, regula los aspectos referidos a la organización y funcionamiento de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, incluyendo la estructura de sus órganos de gobierno, a su régimen jurídico, su régimen económico-financiero, su régimen patrimonial y a su régimen de personal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 g) de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación de la presente disposición.

En su virtud y a propuesta del consejero de Economía y Hacienda, previo Acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 26 de diciembre de 2008,

DISPONGO

Artículo único Objeto.- Se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del ente autonómico Agencia Cántabra de Administración Tributaria, cuyo texto se inserta a continuación.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Disposición Transitoria Única.- Régimen de integración en las Escalas de nueva creación.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5º de la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2008, de 24 de noviembre, de creación de la...

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