Orden PRE/96/2008, de 10 de septiembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante promoción interna, en el Cuerpo Técnico Superior, Rama Jurídica, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Orden PRE/96/2008, de 10 de septiembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante promoción interna, en el Cuerpo Técnico Superior, Rama Jurídica, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

CONVOCATORIA 2008/33.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 4, de 1 de abril de 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebas selectivas para selectivas para el acceso por promoción interna al Cuerpo Técnico Superior, Rama Jurídica, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. - Plazas convocadas

    Se convocan para su cobertura por funcionarios de carrera un total de cuatro (4) plazas pertenecientes al Cuerpo Técnico Superior, Rama Jurídica, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Subgrupo de Clasificación «A1», correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2008.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en la Orden PRE/53/2008, de 14 de julio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 139, de 17 de julio de 2008.

  3. - Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustará al modelo normalizado que se publica como anexo Ia Orden reguladora de las Bases Comunes. También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobierno de Cantabria: www.cantabria.es en el apartado «Oferta Pública de Empleo».

    3.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

    3.3.- En este mismo plazo deberán presentar fotocopia compulsada de la titulación académica exigida en la convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, siempre que tal documentación no conste ya en el expediente personal del interesado o la hubiesen presentado en la convocatoria inmediatamente anterior. En el caso de presentarse certificación supletoria del título deberá justificarse su vigencia.

    En caso de aportarse con la solicitud la titulación de doctor para su baremación en la fase de concurso, se acreditará en los mismos términos que el párrafo anterior.

    3.4.- Las solicitudes irán dirigidas al excelentísimo señor Consejero de Presidencia y Justicia, y se presentarán en los citados Registros, en cualesquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre).

  4. - Derechos de examen.

    4.1.- Los derechos de examen serán de 26,01 euros, y serán objeto de ingreso en cualquier sucursal del «Santander».

    4.2.- En la solicitud de participación en esta convocatoria deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad financiera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o, en su defecto, sello y firma de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    4.3.- Los derechos de examen tienen la consideración de ingresos de derecho público, y no serán objeto de devolución, salvo que por causas no imputables al interesado no se hubiera prestado o realizado la inscripción en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos (Boletín Oficial de Cantabria edición especial número 29, de 30 de diciembre).

  5. - Titulación y otros requisitos de participación.

    1. Pertenecer como funcionario de carrera a algún Cuerpo del subgrupo de clasificación A2, incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

    2. Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del subgrupo de clasificación A2 el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

    3. Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso en los Cuerpos del Subgrupo de clasificación A1 que se establecen en el artículo 22 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo (Doctor, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Grado, expedido por el Estado Español o debidamente homologado). Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

  6. - Admisión de aspirantes.

    6.1.- Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria Resolución del Consejero de Presidencia y Justicia aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y, en su caso, excluidos, debiendo especificarse en éste último supuesto la causa o causas de exclusión, así como el plazo de subsanación, si procede. Dicha relación se podrá consultar en la dirección de Internet del Gobierno de Cantabria: http://www.cantabria.es.

    6.2.- En el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo para alegaciones, se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y se podrá consultar en la dirección de Internet del Gobierno de Cantabria: http://www.cantabria.es, Resolución del Consejero de Presidencia y Justicia aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y contra la cual podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de conformidad con lo prevenido en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC número 242, de 18 de diciembre de 2002).

    6.3.- Si en la fecha de celebración de las pruebas no se hubiera resuelto el recurso formulado, los aspirantes afectados podrán realizar el examen, si bien éste no tendrá validez en el caso de ser desestimado el mencionado recurso.

    6.4.- El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente Orden. Cuando de la documentación acreditativa se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación.

  7. - Proceso selectivo.

    7.1.- El procedimiento selectivo para la cobertura de las plazas convocadas será el de concurso-oposición, cuya realización se ajustará a las siguientes particularidades:

    1. La fase de oposición será realizada por todos los aspirantes.

    2. La fase de concurso será realizada por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

    3. El ejercicio voluntario y de mérito podrá ser realizado por los aspirantes incluidos en la relación definitiva de aprobados, y siempre que hayan indicado en el modelo de solicitud de participación tal circunstancia, señalándose expresamente en la misma el idioma, inglés o francés, por el que se opte, en su caso.

    4. ...

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