Orden ECD/58/2012, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para producción de obras y giras de aficionados en materia de teatro.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/58/2012, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones paraproducción de obras y giras de aficionados en materia de teatro.

Conforme establece el artículo 24.18 del Estatuto de Autonomía, la cultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Uno de los objetivos prioritarios de laConsejería de Educación, Cultura y Deporte de Cantabria es el apoyo al teatro, medio por elque se desarrollan los sistemas corporales que permiten la expresión artística en sus diversasmanifestaciones. En este campo se han fijado unos objetivos generales, como son el apoyo ala promoción de nuevos creadores, la creación, promoción y exhibición de espectáculos y actividades teatrales y la elevación y mejora de la cultura teatral de los ciudadanos.

Para la integración de estos objetivos y atender al hecho de que el teatro es una actividadsocial, cultural y artística de primer orden, cuyo impulso institucional genera hábitos de recepción activa y crítica en los espectadores y fomenta nuestra cultura fuera de Cantabria, la presente Orden pretende impulsar la producción de obras y la realización de giras por aficionadosen materia de teatro.

Para ello, estando dotada la correspondiente partida presupuestaria en la Ley de Cantabria4/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2012, por medio de la presente Orden se establecen las bases reguladorasy se convocan subvenciones para la producción de obras y la realización de giras por gruposaficionados en materia de teatro, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia,concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, control, eficacia en el cumplimiento delos objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilizaciónde los recursos públicos, establecidos en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

Por todo ello, en el marco de las citadas Leyes, y en uso de las atribuciones conferidas enlos artículos 16 y 23.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, y 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración dela Comunidad Autónoma de Cantabria.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y régimen jurídico
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones a aficionados en materia de teatro, para la producción de obras y larealización de giras durante el año 2012.

  2. La concesión de las subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimende concurrencia competitiva.

  3. Cada interesado podrá solicitar subvención para un máximo de dos proyectos -bajocualquiera de las siguientes tres modalidades- en cuyo caso deberá presentar dos solicitudesdistintas:

  1. Modalidad A. Producción.

  2. Modalidad B. Giras.

  3. Modalidad C. Producción y giras.

Artículo 2 Compatibilidad

La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividadsubvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley deCantabria 10/2006, de 17 de julio.

Artículo 3 Gastos subvencionables
  1. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturalezade la actividad subvencionada, por tener una relación directa y necesaria con su desarrollo, yse realicen y paguen con anterioridad al día 30 de diciembre de 2012.

  2. En concreto, se considerarán gastos subvencionables:

    1. Modalidad A. Producción: los relacionados en el Anexo II de la presente Orden.

    2. Modalidad B. Giras:

      - Los gastos por colaboraciones y dietas (alojamiento, manutención y transporte) de losactores y técnicos que trabajen en el espectáculo.

      - El precio de alquiler de las salas donde se represente el espectáculo.

      - Los gastos de transporte de los medios necesarios para el espectáculo.

    3. Modalidad C. Producción y giras: los correspondientes a las modalidades A y B.

  3. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superioral valor de mercado.

Artículo 4 Beneficiarios
  1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que tengan su domicilio fiscalen Cantabria:

    1. Las personas físicas que, a título individual, desarrollan una actividad teatral como aficionados.

    2. Los grupos aficionados de teatro, integrados por dos o más personas.

    3. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollan una actividad teatral a títuloaficionado.

  2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:

    1. Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, dela Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

    2. Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en laLey de Cantabria 4/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Cantabria para el año 2012.

Artículo 5 Solicitudes: plazo, lugar y forma de presentación
  1. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el díasiguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

  2. La solicitud se presentará preferentemente en el Registro Delegado de la Dirección General de Cultura (Pasaje de Peña n.º 2, 1.ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de loslugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre.

    Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada ensobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que ésteproceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre,

    del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.

  3. La solicitud de subvención irá firmada por el interesado o su representante legal y acompañada de la documentación señalada en el apartado siguiente, y se formulará en los siguientes modelos oficiales:

    1. Modalidad A. Producción: Anexos I, II y IV.

    2. Modalidad B. Giras: Anexos I, III y IV.

    3. Modalidad C. Producción y giras: Anexos I, II, III y IV.

    Los modelos oficiales serán facilitados por el Servicio de Acción Cultural de la DirecciónGeneral de Cultura o podrán descargarse en la página institucional del Gobierno de Cantabriao en la web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (www.cantabria.es, www.culturadecantabria.com).

  4. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación (original o copia debidamente autentificada):

    * Con carácter general para cualquier modalidad de ayuda:

    - Declaración responsable relativa a la solicitud y, en su caso, obtención de otras subvenciones y ayudas públicas o privadas para la misma actividad, especificándose las cuantíassolicitadas y, en su caso, obtenidas (Anexo IV).

    - Autorización del autor/es o de las entidades de gestión correspondientes para la representación de la/s obra/s.

    - Currículum de la compañía y, en su caso, de cada uno de los integrantes del grupo.

    - Medios técnicos de la compañía.

    - Declaración responsable expedida por el propio solicitante o por el representante delgrupo de teatro en la que se deje constancia de la aportación económica que realizará para lafinanciación de la actividad subvencionable.

    * Para la Modalidad A. Producción.

    - Proyecto de actividad para la que se solicita la subvención, en el que se incluirá:

    - Título y autor de la obra.

    - Ficha artística y técnica.

    - Fechas previstas para el inicio y fin de los ensayos y para el estreno de la obra.

    - Cuando se trate de producción anual, fechas y local previsto/utilizado para el estreno dela obra.

    - Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos, con desglose por conceptos.

    - Documentación acreditativa de la disponibilidad del local (escritura de propiedad, contratode arrendamiento, documento de cesión de uso otorgada por el propietario, etc.).

    * Para la Modalidad B. Giras:

    - Proyecto de actividad para la que se solicita la subvención, en el que se incluirá:

    - Título y autor de la obra

    - Ficha artística y técnica.

    - Plan de giras con expresión de ciudades, fechas y número de funciones.

    - Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos, con desglose por conceptos.

    - Invitaciones o propuestas escritas cursadas por las entidades patrocinadoras de las actuaciones integrantes de la gira.

    * Para la Modalidad C. Producción y giras: la documentación exigida anteriormente paracada modalidad.

  5. La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Culturapara recabar la siguiente información: - Datos acreditativos de la identidad y domicilio del interesado. - Certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la SeguridadSocial, que permitan comprobar si el solicitante está al...

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