Orden 30/2003, de 18 de marzo, por la que se regula el procedimiento de concesión de las ayudas previstas en el Real Decreto 1.097/2002, de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Ganaderia Agricultura y Pesca
Rango de LeyOrden

Ante la necesidad de regular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el procedimiento para la concesión de las ayudas previstas en el Real Decreto 1097/2002, de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad, y de conformidad con las atribuciones que se confieren en el artículo 33.f de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, previos informes y demás trámites procedentes,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la aplicación y desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, del régimen de ayudas regulado por el Real Decreto 1.097/2002, de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad.

Artículo 2 Financiación de la ayuda.

La financiación del gasto que supone la concesión de las ayudas contempladas en la presente Orden, se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias que cada año se asignen en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, quedando condicionada su concesión o percepción a la existencia de crédito presupuestario.

Artículo 3 Presentación de solicitudes.
  1. Las solicitudes, dirigidas al excelentísimo señor consejero de Ganadería, Agricultura y Pesca, podrán presentarse ¿sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria ¿, en las Oficinas Comarcales de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca o en el domicilio de la propia Consejería, ¿calle Gutiérrez Solana, s/n, edificio Europa, 39011, Santander¿; debidamente cumplimentadas conforme al modelo del anexo I y acompañadas de la siguiente documentación:

    1. Estatuto o Reglamento interno de la persona jurídica solicitante.

    2. El programa de carne de vacuno de calidad acompañado de los siguientes documentos:

  2. Reglamento de Control.

  3. Presupuesto detallado del programa.

  4. Memoria descriptiva del programa.

    1. Identificación de la entidad de control.

    2. Identificación de los laboratorios donde se analizarán las muestras.

  5. La presentación de las solicitudes deberá efectuarse antes del 15 de marzo de cada año.

  6. Se procederá a la revisión de las solicitudes y se verificará que contienen la documentación exigida y que reúnen los requisitos señalados en el artículo 4 del Real Decreto 1097/2002, de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad. Si se apreciara alguna omisión o error, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, haciéndole saber que, en caso contrario, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,...

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