Orden ECD/32/2013, de 19 de marzo, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior correspondientes al curso 2011/2012.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/32/2013, de 19 de marzo, por la que se convocan losPremios Extraordinarios de Formación Profesional Inicial de GradoSuperior correspondientes al curso 2011/2012.

La Orden EDU/2128/2011, de 15 de julio, regula los Premios Nacionales de FormaciónProfesional de grado superior establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación como reconocimiento a la trayectoria académica y profesional basada en el trabajo, elesfuerzo y la dedicación de los alumnos que finalizan dichos estudios y establece los requisitosde concesión. Siguiendo el modelo existente, podrán concurrir a los Premios Nacionales queconvocará anualmente el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, los alumnos que en suComunidad Autónoma o en el territorio de competencia del Ministerio, haya obtenido el PremioExtraordinario de Formación Profesional Inicial de Grado Superior.

La convocatoria anual de los Premios Nacionales de Formación Profesional Inicial requiere,para su articulación, una convocatoria autonómica de Premios Extraordinarios de FormaciónProfesional, de acuerdo con los requisitos básicos establecidos en la Orden indicada.

Por ello, en el marco de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, yla Ley de Cantabria 9/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Cantabria para el año 2013, y en aplicación de las atribuciones conferidas en elartículo 33 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo primero Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, enrégimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Formación ProfesionalInicial de Grado Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria, correspondientes al cursoacadémico 2011/2012, a los efectos de dar reconocimiento oficial a los méritos basados enel esfuerzo y en el trabajo del alumnado que cursa estudios de Formación Profesional Inicialde Grado Superior con excelente rendimiento académico, y de permitir su participación en laconvocatoria anual de los Premios Nacionales de Formación Profesional Inicial.

  2. Estos premios serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursospara la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Artículo segundo Destinatarios y requisitos.
  1. Podrán optar al Premio Extraordinario los alumnos que, habiendo cursado estudios deFormación Profesional Inicial de Grado Superior en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, los hayan finalizado durante el año 2012.

  2. A los efectos previstos en el apartado anterior se tendrá en cuenta al alumnado procedente de centros públicos y privados en los que se impartan las enseñanzas de FormaciónProfesional de Grado Superior conforme a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tanto enrégimen presencial como a distancia.

  3. Para optar a estos premios será necesario haber obtenido como calificación final mediade los módulos profesionales cursados una puntuación igual o superior a 8,5 puntos. La califi-

cación final del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las calificacionesde los módulos profesionales que tengan expresión numérica. El resultado se consignará conuna cifra decimal redondeada por exceso, si la segunda cifra decimal resultase igual o superiora 5, y por defecto, cuando sea inferior. No se tendrán en cuenta las calificaciones de apto,exento o convalidado.

Artículo tercero Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
  1. Los alumnos que, reuniendo los requisitos indicados en el artículo segundo, deseen optaral Premio Extraordinario de Formación Profesional Inicial de Grado Superior, deberán inscribirse en el centro en el que se encuentre su expediente académico en el plazo de 7 días hábilesa partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el BOC, segúnmodelo normalizado que figura en el anexo I.

  2. En aplicación del Decreto 20/2012, de 12 de abril, de Simplificación Documental en losProcedimientos Administrativos, la persona solicitante puede autorizar al órgano gestor a queconsulte y recabe sus datos de identificación personal y aquellos que, en su caso, estén enpoder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria por haber sido previamente aportados o que puedan ser expedidos por la propia Administración o que obren en susarchivos o que puedan obtenerse de otra Administración a través de medios electrónicos, enaplicación de los artículos 7 a 13 de dicho decreto.

  3. En el supuesto de que el solicitante no otorgue dicha autorización deberá aportar la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del DNI o NIE.

    2. Certificado académico oficial de los estudios alegados para concurrir a la presente convocatoria, expedido por la secretaría del centro público donde los haya cursado o al que estéadscrito el centro privado en el que los realizó y en el que conste el curso en que finalizó cadamódulo del ciclo formativo.

    3. En su caso, otros títulos de ciclos formativos de Formación Profesional cursados en laComunidad Autónoma de Cantabria.

  4. Además, junto con la solicitud el solicitante deberá aportar:

    1. Currículum vitae, según el modelo del anexo II, acompañado de la documentación justificativa correspondiente.

    2. En su caso, certificados compulsados de cursos de formación realizados.

    3. En su caso, otros títulos de estudios realizados fuera de la Comunidad Autónoma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR