Orden ECD/18/2012, de 28 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los 'Premios 2012 a las buenas prácticas educativas en la enseñanza de las lenguas extranjeras' en centros educativos públicos y privados que imparten enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/18/2012, de 28 de marzo, por la que se establecen lasbases reguladoras y se convocan los "Premios 2012 a las buenasprácticas educativas en la enseñanza de las lenguas extranjeras" encentros educativos públicos y privados que imparten enseñanzas nouniversitarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en el artículo 1.n) comoprincipio básico del sistema educativo el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. Así mismo, determina en su artículo 102 que correspondea las Administraciones educativas fomentar programas de investigación e innovación.

La Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria, determina ensu artículo 116 la consideración del centro educativo como espacio prioritario para el desarrollode procesos formativos y de investigación e innovación educativa, así como la potenciación dedichos procesos tanto en el marco del centro educativo o del aula, como por parte de gruposde profesores de distintos centros, diferentes etapas educativas o diferentes enseñanzas.

Además, el artículo 119.4 de la citada Ley dispone que la Consejería de Educación podráreconocer y premiar la labor didáctica o de investigación de profesores y equipos docentes,facilitando la difusión entre los distintos centros educativos.

Entre las líneas prioritarias de actuación se establece en esta Ley, como una de las actuaciones esenciales para favorecer el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística,la educación plurilingüe y pluricultural.

La presente orden tiene por objeto el desarrollo de dos líneas principales de actuación de laConsejería de Educación, Cultura y Deporte. Por un lado, favorecer la inclusión en la prácticadocente diaria de experiencias innovadoras encaminadas a la mejora en la adquisición de lascompetencias básicas y, de manera especial, de la competencia comunicativa y, por otro lado,potenciar el aprendizaje de lenguas extranjeras entendido como herramienta imprescindibleen la consecución del éxito educativo.

Por ello, en el marco de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de la Ley de Cantabria10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y vistos los créditos presupuestarioscontemplados en la Ley 4/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2012,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar en régimen deconcurrencia competitiva los premios a las buenas prácticas docentes en el proceso de enseñanza y aprendizaje de lenguas extranjeras con el fin de reconocer los méritos del profesoradoy contribuir a la difusión de estas experiencias.

  2. Quedan incluidos en el ámbito de esta convocatoria los profesores de los centros educativos públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Cantabria que impartan docencia enenseñanzas no universitarias durante el curso 2011-2012.

  3. Estos premios serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursospara la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Artículo 2 Destinatarios.

Podrán participar en la presente convocatoria aquellos profesores que impartan, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, alguna de las áreas, materias o módulos de lenguas extranjeras contempladas en el currículo (inglés, francés y alemán) o impartan su área, materia omódulo en alguna de estas lenguas.

Artículo 3 Características de los premios.
  1. A efectos de la presente orden, se entiende por buenas prácticas docentes en la enseñanza de las lenguas extranjeras todas aquellas actuaciones educativas (actividades, planes,programas y proyectos) que, planificadas y llevadas a cabo por el profesorado de los centroscon la colaboración, en su caso, de otros miembros de la comunidad educativa, impliquen unamejora real en la enseñanza y aprendizaje de cualesquiera de las lenguas extranjeras que seimpartan en los centros públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  2. Los profesores que opten a estos premios deberán presentar una memoria de las investigaciones, experiencias o acciones que contribuyan de manera efectiva a la mejora delaprendizaje de las lenguas extranjeras y que hayan sido llevados a la práctica en el ámbito deaplicación al que se refiere el apartado dos del artículo 1 durante el curso 2011-2012.

  3. La solicitud de participación supone la aceptación de las condiciones de la presente convocatoria.

Artículo 4 Solicitudes: forma, lugar y plazo de presentación.
  1. La solicitud, firmada por el director del centro, y cuyo modelo normalizado figura en elanexo I de esta orden, irá dirigida al titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, yse presentará en el Registro de esta Consejería (calle Vargas 53, 7ª planta, 39010 Santander),o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002,de 10 de diciembre. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de junio de 2012.

  2. La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

    a) Una memoria de la experiencia realizada, en soporte papel, de una extensión máximade 25 páginas formato DIN-A4, orientación...

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