Decreto 114/2005, de 16 de septiembre, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior de determinadas empresas químicas ubicadas en Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en que intervengan sustancias peligrosas, que tiene por objeto principal la prevención de accidentes graves en que intervengan este tipo de sustancias, prevé que los establecimientos incluidos en su ámbito de aplicación han de elaborar un plan de autoprotección denominado plan de emergencia interior.

Además, se establece que determinados establecimientos industriales han de disponer de un plan especial de protección civil denominado plan de emergencia exterior, que ha de ser aprobado por los órganos competentes de la comunidad autónoma.

En concreto, en relación con estos planes de emergencia exterior, el artículo 11.3 del Real Decreto citado establece que los industriales de los establecimientos en que estén presentes sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a las especificadas en la columna 3 de las partes 1 y 2 del anexo 1 proporcionarán a los órganos competentes de la comunidad autónoma la información y la ayuda necesaria para que éstos puedan elaborar planes de emergencia exterior. Igualmente, el apartado 4 concreta que los órganos competentes de las comunidades autónomas han de elaborar, con la colaboración de los industriales, un plan de emergencia exterior para prevenir y, en su caso disminuir, las consecuencias de los posibles accidentes graves previamente analizados, clasificados y evaluados, que establezca las medidas de protección más idóneas, los recursos humanos y materiales necesarios y el esquema de coordinación de las autoridades, órganos y servicios llamados a intervenir.

El contenido y procedimiento de homologación de este plan de emergencia exterior se ajustará a lo que establece la Directriz básica para la elaboración y homologación de los planes especiales del sector químico, de acuerdo con lo que dispone el artículo 11.5 del Real Decreto citado.

El procedimiento para la elaboración y aprobación de los planes de emergencia exterior está recogido con carácter general en el Real Decreto 1.254/1999, de 16 de julio, así como en el Decreto 67/2000, de 17 de agosto, por el que se designan los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se desarrolla el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, modificado por el Decreto 13/2003, de 6 de marzo.

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