Decreto 99/2009, de 23 de diciembre, de modificación parcial de las estructuras orgánicas y de las relaciones de puestos de trabajo de las Consejerías de Sanidad y de la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La estructura orgánica y las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de sanidad, desdesu aprobación por decretos 24/2002 y 25/2002, de 7 de marzo, ha tenido variadas y transcendentesmodificaciones, de las que debe destacarse, por su relación con la modificación que ahora se propone, la realizada por Decreto 60/2007, de 24 de mayo, el cual modificó la estructura orgánica y lasrelaciones de puestos de trabajo de la entonces Consejería de sanidad y servicios sociales para laadaptación, fundamentalmente, a las competencias asumidas en materia de atención a la dependencia, así como a los criterios generales sobre configuración de puestos de trabajo de los empleadospúblicos en la medida de las disponibilidades presupuestarias que la financiaron, básicamente conadaptación de dedicaciones en puestos ocupados de la estructura central de la Consejería. Asimismo,debe mencionarse la modificación realizada por Decreto 99/2007, de 2 de agosto, que modificó laestructura orgánica y las relaciones de puestos de trabajo como consecuencia del decreto 9/2007,de 12 de julio, de reordenación departamental de la Administración de la Comunidad de Cantabriacon una nueva distribución de competencias, en virtud de la cual la Consejería de sanidad y serviciossociales pasó a denominarse Consejería de sanidad, centrada en las competencias sanitarias, atribuyendo a la Consejería de Empleo y Bienestar Social las competencias en Servicios Sociales, lo queprovocó la adscripción de distintas unidades y puestos de la anterior secretaría General de sanidad yServicios Sociales a la Consejería de Empleo y Bienestar Social, originando disfunciones en la configuración de unidades de la secretaria General de sanidad, las cuales se tratan de solventar con estapropuesta. Por último por Decreto 139/2007, de 18 de octubre se modificó la estructura básica de laConsejería de Sanidad, al objeto de unificar en un único órgano directivo las competencias en materiade inspección y evaluación sanitaria, adscribiendo a la dirección General de ordenación, inspeccióny Atención sanitaria la unidad de inspección anteriormente adscrita al organismo Autónomo servicioCántabro de salud.

En consecuencia la presente modificación tiene como fin abordar la incidencia organizativa producida por tales modificaciones, completar la configuración de puestos de trabajo, básicamente endedicaciones, que no pudo ser realizada en la modificación operada por el Decreto 60/2007, así comodar respuesta a las necesidades detectadas para hacer posible el cumplimiento de competencias yfunciones atribuidas a la Consejería de sanidad y al servicio Cántabro de salud.

Como medida de carácter general se pretende ampliar la dedicación de puestos de la i al régimende dedicación ii. igualmente se adapta el nivel de varios puestos de trabajo de "Ayudante Técnico delservicio de salud" teniendo en cuenta el nivel asignado actualmente a los puestos de "Administrativo", como en su denominación respecto a los ubicados en el área de inspección conforme decreto139/2007, de 18 de octubre.

Es de señalar que tales modificaciones son coherentes con las últimas Directrices del Gobierno enmateria de estructuras orgánicas y relaciones de puestos de trabajo, y que en gran parte no pudieronser realizadas en anteriores modificaciones por existir otras prioridades que atender con la dotaciónpresupuestaria existente.en su virtud, y cumplidos los trámites preceptivos establecidos en el decreto 2/1989, de 31 deenero, sobre elaboración de estructuras, relaciones de puestos de trabajo y retribuciones, en su vigente redacción, y consultadas las organizaciones sindicales, a propuesta conjunta del Consejero de

sanidad y del Consejero de Presidencia y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sureunión del día 23 de diciembre,

disPonGo

Artículo 1

Se modifica el artículo 5.3 del Decreto 24/2002, de 7 de marzo, tras la redacción dada por el artículo 5.3 del Decreto 60/2007, de 24 de mayo, que pasa a tener la siguiente redacción:

3. Para el ejercicio de sus competencias, la dirección General de ordenación, inspección y Atención Sanitaria se estructura en las siguientes unidades con nivel orgánico de Servicio:a) Servicio de Planificación Sanitaria.b) servicio de ordenación sanitaria.c) servicio de Atención al Usuario.d) servicio de Atención sanitaria.e) Área de inspección y evaluación

Asimismo, depende de la dirección General de ordenación, inspección y Atención sanitaria, laSubdirección General de Ordenación y Atención Sanitaria, a la que corresponde la coordinación conlos Servicios adscritos a la Dirección General, la coordinación de la planificación de la atención primaria y especializada, de la ordenación sanitaria y farmacéutica y de la autorización de centros, establecimientos y servicios sanitarios, la participación en órganos colegiados nacionales y autonómicosen materia de planificación y ordenación sanitaria, así como las previstas con carácter general en elartículo 59 bis de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de régimen Jurídico del Gobiernoy de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.sin perjuicio de las funciones de coordinación por la subdirección General de ordenación y Atención sanitaria, dependen de la dirección General las siguientes unidades administrativas especializadas de carácter asistencial, con rango orgánico de servicio:a) El Centro de Rehabilitación Psiquiátrica de Parayas.b) el Centro de salud bucodental.

Artículo 2

Se modifica la Disposición Adicional Primera del Decreto 24/2002, de 7 de marzo, que pasa a tenerla siguiente redacción:

"Primera.- Las competencias a las que se refiere el presente Decreto se distribuyen de acuerdo conlas siguiente estructura orgánica.

  1. Consejería de sanidad.

  2. secretaría General.2.1. servicio de Personal sanitario.2.1.1. sección de organización de Personal.2.1.1.1. negociado de organización de Personal.2.1.2. sección de Personal estatutario.2.1.3. sección de Gestión de Personal.2.1.3.1. negociado de Apoyo Administrativo.2.2. servicio de Gestión económica.2.2.1. sección de Gestión y Tramitación económica.

    2.2.1.1. negociado de Habilitación.2.2.1.2. negociado de Tramitación económica.2.2.1.3. negociado de Contratación Administrativa, inventario y Control Patrimonial.2.3. servicio de Asesoramiento Jurídico.2.3.0.1. negociado de Tramitación y Archivo.2.3.0.2. negociado de organización Administrativa y documentación.2.4. servicio de Coordinación y Calidad.2.4.1. sección de evaluación de Programas.2.4.1.1. negociado de evaluación y de seguimiento de Gasto sanitario2.4.2. sección de Gestión de Calidad.2.4.2.1. negociado de Apoyo Administrativo2.5. servicio de Administración General.2.5.1. sección de régimen interior.2.5.1.1. negociado de Apoyo Administrativo.2.5.1.2. negociado de registro y Atención al Ciudadano.2.5.2. sección de Proyectos e infraestructuras.

  3. dirección General de salud Pública.3.1. subdirección General de salud Pública.3.0.0.0.1. negociado de organización Administrativa y documentación.3.0.0.0.2. negociado de Gestión económica y subvenciones.3.0.1. servicio de salud Pública.3.0.1.1. sección de Vigilancia epidemiológica.3.0.1.1.1. negociado de Policía sanitaria Mortuoria.3.0.1.2. sección de Promoción y educación para la salud.3.0.1.3. sección de salud Laboral.3.0.1.4. sección de sanidad Ambiental.3.0.1.5. sección de Programas de salud de la Mujer.3.0.1.6. sección de inspección de salud Pública.3.0.2. servicio de seguridad Alimentaria.3.0.2.1. sección de Gestión de Higiene Alimentaria.3.0.2.1.1. negociado de Gestión Administrativa.3.0.2.1.2. negociado de Procedimiento sancionador.3.0.2.2. sección de inspección Alimentaria.3.0.3. servicio de Laboratorio.3.0.3.1. sección de bromatología y Análisis instrumental.3.0.3.2. sección de Microbiología Alimentaria.3.0.4. servicio de drogodependencias.3.0.4.0.1. negociado de Tramitación Administrativa.3.0.4.1. sección de Programas, Coordinación y evaluación.3.0.4.2. sección de Prevención, formación e investigación.

  4. dirección General de ordenación, inspección y Atención sanitaria.4.1. subdirección General de ordenación y Atención sanitaria.

    4.0.0.0.1. negociado de organización Administrativa y documentación.4.0.1. Servicio de Planificación Sanitaria.4.0.1.1. Sección de Planificación e Información.4.0.1.2. sección de evaluación de Tecnologías y Conocimiento.4.0.1.3. sección de Gestión Administrativa.4.0.1.3.1. negociado de Gestión económica y Presupuestaria.4.0.2. servicio de ordenación sanitaria.4.0.2.1. sección de ordenación de recursos sanitarios.4.0.2.2. sección de Autorización y Acreditación de Centros y servicios.4.0.2.3. sección de ordenación farmacéutica.4.0.3. servicio de Atención al Usuario.4.0.3.0.1. negociado de Apoyo...

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