Orden EMP/23/2010, de 2 de febrero, por la que se establecen las normas que regulan los pagos satistechos mediante anticipos de caja fija en la Consejería de Empleo y Bienestar Social.
Sección | 4 - Economía y Hacienda |
Emisor | Consejería de Empleo y Bienestar Social |
Rango de Ley | Orden |
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76.2 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 deoctubre, de finanzas de Cantabria, se establecen las siguientes normas sobre los pagos satisfechosmediante anticipos de caja fija:
Los gastos periódicos o repetitivos aplicables al capítulo II "Gastos corrientes en bienes y servicios" imputables al Presupuesto de Gastos de la Consejería de empleo y bienestar social, incluido elInstituto Cántabro de seguridad y salud en el trabajo, podrán ser atendidos mediante el sistema deanticipos de caja fija.
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La cuantía global de los anticipos de caja fija concedidos, no podrá superar el diez por cientodel total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del Presupuestovigente en cada momento.
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No podrán aplicarse gastos al anticipo de caja fija, distintos a los incluidos en el artículo 1 delDecreto 3/1998, de 8 de enero, sobre anticipos de caja fija.
Con cargo al anticipo de caja fija no podrán realizarse pagos individualizados superiores a 3.000euros excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica, combustibles, agua, alquileres,tributos o indemnizaciones por razón del servicio.
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La cuantía máxima del anticipo de caja fija en el capítulo II del Presupuesto de Gastos de laConsejería de empleo y bienestar social para 2010, y las aplicaciones presupuestarias a las que serán aplicables los límites cuantitativos establecidos, serán las recogidas en el anexo I de esta orden.
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el habilitado/a de la Consejería de empleo y bienestar social rendirá cuentas por los gastosatendidos con anticipos de caja fija, a medida que sus necesidades de tesorería aconsejen la reposición de los fondos utilizados, y necesariamente en el mes de diciembre de cada ejercicio.
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Teniendo en cuenta las cantidades...
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