Decreto 9/2004, de 5 de febrero, por el que se designa el órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada y se crea la Comisión de Prevención y Control Integrado de la Contaminación.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación ha incorporado en el ordenamiento interno español, con carácter de básica, la Directiva 96/61/CE del Consejo de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y control integrados de la contaminación.

En el articulado de la mencionada Ley se dispone que las comunidades autónomas designarán al órgano ante el que debe presentarse la solicitud de autorización ambiental integrada (artículo 13), así como al órgano para otorgar las autorizaciones ambientales integradas (artículo 21).

Asimismo, y bajo el principio de eficacia administrativa, simultáneamente a la designación del órgano referido, se ha considerado conveniente la creación de un Comisión de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, cuya función consiste en la emisión de un informe con carácter preceptivo previo a la redacción de la propuesta de resolución.

Por todo ello, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión de 5 de febrero de 2004,

DISPONGO

Artículo primero Designación del órgano competente.
  1. - Se designa a la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente como órgano competente al que se dirigirán las solicitudes de autorización ambiental integrada y también el competente para otorgarlas, sin perjuicio de su presentación conforme a lo dispuesto en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno de Cantabria y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  2. - La persona titular de la Consejería de Medio Ambiente designará el Servicio de la Consejería que debe tramitar los expedientes.

Artículo segundo Creación, composición y funciones de la Comisión de Prevención y Control Integrado de la Contaminación.
  1. - Se crea, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, la Comisión de Prevención y Control Integrado de la Contaminación como órgano colegiado de carácter consultivo, que tiene la función de emitir un informe previo a la redacción de la propuesta de resolución, de acuerdo con toda la documentación relativa al procedimiento para otorgar la...

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