Decreto 53/2005, de 21 de abril, por el que se designa al órgano competente en materia de emisión de gases efecto invernadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases efecto invernadero, traspone la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad Europea. Este régimen se implanta con el fin de lograr el cumplimiento de los objetivos del Protocolo de Kioto y se materializa sometiendo a autorización administrativa del órgano competente de las Comunidades Autónomas las instalaciones que generan emisiones de gases de efecto invernadero incluidas en sus anexos.

La referida norma, señala que corresponde a las Comunidades Autónomas en su ámbito territorial y específicamente al órgano que éstas designen, las siguientes atribuciones:

- Autorizar la emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones que desarrollen las actividades y generen las emisiones definidas en la legislación básica, así como modificar dichas autorizaciones en los supuestos previstos en la norma y resolver su extinción cuando proceda.

- Emitir informe en relación a las autorizaciones de agrupaciones de instalaciones que debe resolver el Consejo de Ministros.

- Remitir al Ministerio de Medio Ambiente las solicitudes que se formulen en su territorio en relación a los derechos de emisión.

- Recibir y dar la conformidad a los informes de verificación que se remitan por las instalaciones respecto al año precedente.

- Ejercer con carácter general la potestad sancionadora en esta materia.

Asimismo, el artículo 3 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, contempla la creación de la Comisión de coordinación de políticas de cambio climático, órgano de coordinación y colaboración entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, para la aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión y el cumplimiento de las obligaciones internacionales y comunitarias de información...

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