Decreto 88/2013, de 26 de diciembre, de modificación parcial de la estructura orgánica y de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Presidencia y Justicia.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Marzo de 2014
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La estructura orgánica y las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad yServicios Sociales, desde su aprobación por Decretos 24/2002 y 25/2002, de 7 de marzo, hantenido diversas modificaciones, de las que cabe destacar las realizadas por Decreto 60/2007,de 24 de mayo y por Decreto 99/2009, de 23 de diciembre.

Asimismo, por su relación con la modificación que ahora se propone, hay que referirse alDecreto 125/2006, de 7 de diciembre, que modificó la estructura orgánica y la relación depuestos de trabajo de la entonces Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, suprimiendo lospuestos del Hospital de la Santa Cruz de Liencres y de la Unidad de Salud Mental de Santander,hasta entonces dependientes de la Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria de laConsejería de Sanidad y Servicios Sociales, como consecuencia de la integración en el ServicioCántabro de Salud a través del Decreto 127/2006, de 7 de diciembre, conforme a las previsiones que en materia de ordenación y organización del Sistema Sanitario Público se contienenen la Ley de Ordenación Sanitaria.

De este modo, y continuando con estas integraciones ya previstas en la Ley de Ordenación Sanitaria de Cantabria, en el momento actual, resulta necesario modificar la estructuraorgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y su relación de puestos de trabajocomo consecuencia derivada de la integración de las funciones y del personal de las Unidadesde Atención Ambulatoria de Drogodependencias, del Centro de Rehabilitación Psiquiátrica deParayas y del Centro de Salud Bucodental, en el Servicio Cántabro de Salud, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria y en el artículo 10.4 del Real Decreto-ley 16/2012,de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional deSalud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

En consecuencia, las funciones y el personal del Centro de Rehabilitación Psiquiátrica deParayas pasarán a integrarse en el Servicio Cántabro de Salud a través de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla", mientras que lasfunciones y el personal del Centro de Salud Bucodental y las Unidades de Atención Ambulatoriade Drogodependencias se integrarán en la Gerencia de Atención Primaria.

Del mismo modo, es necesario tener en cuenta, para llevar a cabo la modificación que ahorase propone, que el artículo 6.1 de la Ley de Cantabria 2/2012, de 30 de mayo, de MedidasAdministrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de losServicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, establece una reorganización administrativa, conforme a la cual, los puestos de "Conductor" y "Subalterno", entre otros, pasana depender orgánicamente de la Dirección General de Servicios Generales de la Consejería dePresidencia y Justicia.

En su virtud, y cumplidos los trámites preceptivos establecidos en el Decreto 2/1989, de...

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