Orden UMA/3/2018, por la que se modifica la Orden UMA/19/2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración de Bases de Datos de Áreas Degradadas (BDADs).

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social
Rango de LeyOrden

Orden UMA/3/2018, por la que se modifica la Orden UMA/19/2017 porla que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas afinanciar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento deelaboración de Bases de Datos de Áreas Degradadas (BDADs).

La Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social del Gobierno de Cantabria, ostenta entre sus competencias la de procurar la conservación y desarrollo de los valores ambientales de nuestra región y la concienciación de los ciudadanos de lanecesidad de los mismos.

Dentro de ese marco de gestión ambiental, la Consejera de Universidades e Investigación,Medio Ambiente y Política Social ha apostado por el desarrollo de una Estrategia Ambiental,denominada "ESTRATEGIA DE RECUPERACIÓN DE ÁREAS DEGRADADAS, ERAD2020". Parallevar a cabo la consecución de los objetivos propuestos en la citada Estrategia, esta Consejería, consciente de los limitados recursos de los Ayuntamientos de Cantabria, aprobó la ordenUMA/19/2017, de 19 de abril, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las ayudasdestinadas a financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración de Bases de Datos de Áreas Degradadas (BDADs).

Se considera oportuno modificar la Orden, en lo relativo a las fechas de presentación dela justificación de las ayudas para adecuarlo a la necesidad de continuar con el fomento de lacolaboración entre la Consejeria de de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Socia y las entidades locales para ejecución ESTRATEGIA DE RECUPERACIÓN DE ÁREASDEGRADADAS así como para acompasar los plazos de presentación de la justificación al ámbito temporal máximo previsto para realización de la actividad subvencionable. Asimismo,dentro de la justificación de las ayudas se pretende simplificar la información documental dela primera entrega solicitando dicha información solo en formato digital, y, por otro lado, sepretende modificar el órgano encargado de diligenciar la aprobación de los textos y documentos gráficos que deben aportar las entidades beneficiarias entre la documentación justificativapara adecuarlo al régimen competencias de los distintos órganos de gobierno de las entidadeslocales.

Por ello, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de...

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