Orden UMA/22/2018, de 7 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro, relacionadas con la información, prevención, atención, sensibilización y formación en materia de violencia de género en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el año 2018.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social
Rango de LeyOrden
GOBIERNO
de
CANTABRIA
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DE CANTABRIA
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LUNES, 18 DE JUNIO DE 2018 - BOC NÚM. 118
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CVE-2018-5562
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN,
MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA SOCIAL
CVE-2018-5562 Orden UMA/22/2018, de 7 de junio, por la que se aprueba la convo-
catoria para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo
de lucro, relacionadas con la información, prevención, atención, sen-
sibilización y formación en materia de violencia de género en la Co-
munidad Autónoma de Cantabria, en el año 2018.
La violencia contra las mujeres constituye una de las principales causas de violación de los de-
rechos humanos contra las mujeres que repercute en derechos tan básicos como la integridad fí-
sica, la seguridad, la libertad o la igualdad, es por lo tanto un grave problema de nuestra sociedad
que exige una respuesta integral y coordinada por parte de todas las administraciones públicas.
El artículo 14 de la Constitución Española reconoce el derecho de igualdad de todos los
españoles, resultando incompatible con tal principio cualquier situación de discriminación. Asi-
mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía para
Cantabria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma y en el ámbito de sus competencias, co-
rresponde al Gobierno de Cantabria promover las condiciones para que la igualdad entre las
mujeres y los hombres sea real y efectiva, eliminando los obstáculos que impidan la participa-
ción de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social.
Por otro lado, el artículo 24.22 del Estatuto de Autonomía para Cantabria dispone que la
Comunidad Autónoma de Cantabria tiene competencia exclusiva en materia de promoción de
la igualdad de la mujer, habiendo sido transferida dicha competencia mediante Real Decreto
235/1985, de 6 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Es-
tado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de protección a la mujer. En desarro-
llo de tales competencias, con fecha 1 de abril de 2004 se aprobó la Ley de Cantabria 1/2004,
de 1 de abril, Integral para la Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Protección a
sus Víctimas, cuyo objeto es la adopción de medidas integrales para la sensibilización, pre-
vención y erradicación de la violencia de género, así como la protección, atención y asistencia
a las víctimas y los menores o personas sujetas a su tutela o acogimiento, estableciendo en
su exposición de motivos que la erradicación de la violencia de género es una dura labor en la
que, además de conseguir la sensibilización de la sociedad es necesaria la intervención multi-
disciplinar de distintos operadores sociales.
En este sentido los programas puestos en marcha para la lucha contra la violencia de gé-
nero se llevan a cabo no sólo desde las administraciones públicas, sino también desde organi-
zaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollan sus actividades en este ámbito, por
lo cual se considera oportuno apoyar a aquellas entidades que pongan en marcha proyectos
que conduzcan a la erradicación de la violencia de género.
La Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria exige que las
subvenciones y ayudas con cargo a créditos presupuestarios que no tengan asignación nomi-
nativa y que afecten a un colectivo de bene ciarios potenciales, generales o indeterminados,
deberán concederse de acuerdo con criterios de publicidad, libre concurrencia y objetividad.
En su virtud se aprobó la Orden UMA/15/2018, de 10 de abril, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro, rela-
cionadas con la información, prevención, atención, sensibilización y formación en materia de
violencia de género en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Por todo ello y en uso de las facultades conferidas en los artículos 23.1 de la Ley de Can-
tabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y 33. f) de la Ley de Cantabria
6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, conforme al procedimiento previsto en el artículo 121 de
la misma,
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DISPONGO
Artículo 1. Objeto y nalidad de la convocatoria.
1. La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de sub-
venciones a asociaciones sin ánimo de lucro, con el objeto de impulsar proyectos en materia
de información, prevención, atención, sensibilización y formación en materia de violencia de
género, en el año 2018.
2. La convocatoria se lleva a cabo al amparo de las bases aprobadas en la Orden UMA/15/2018,
de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvencio-
nes a asociaciones sin ánimo de lucro, relacionadas con la información, prevención, atención,
sensibilización y formación en materia de violencia de género en la Comunidad Autónoma de
Cantabria, publicada en el Boletín O cial de Cantabria nº 78 de 20 de abril de 2018.
Artículo 2. Régimen de concurrencia competitiva.
La concesión de las subvenciones se encuentra sometido a un régimen de concurrencia
competitiva, de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 22 de la Ley de
Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, sometiéndose su valoración
a los baremos que establece esta orden y teniendo como límite la disponibilidad presupuestaria
existente.
Artículo 3. Financiación y régimen de compatibilidad de subvenciones.
1. Las subvenciones a conceder durante el año 2018 tendrán una cuantía máxima de SE-
TENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS euros (78.500,00 €) y se abonarán con cargo a la partida
presupuestaria 03.07.232B.482 "Entidades especializadas en violencia de género" del presu-
puesto de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2018.
2. Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas proce-
dentes de cualesquiera Administración o ente público o privado, nacionales, de la Unión Euro-
pea o de organismos internacionales dentro de los límites contemplados en el artículo 34 del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 4. Proyectos subvencionables.
1. Serán objeto de subvención, los proyectos que en los términos previstos en el artículo 1
de la Orden UMA/15/2018, de 10 de abril, se encuadren dentro de uno o varios de los siguien-
tes ámbitos:
a) Información y/o sensibilización en materia de violencia de género.
b) Prevención y/o formación en materia de violencia de género.
c) Atención a las víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas o personas sujetas a su
tutela o acogimiento.
2. A los efectos del apartado anterior, se entenderá por violencia de género cualquiera de
las conductas recogidas como forma de violencia de género en el artículo 3 de la Ley de Can-
tabria 1/2004, de 1 de abril, Integral para la Prevención de la Violencia Contra las Mujeres y
la Protección a sus víctimas.
3. Dentro de los proyectos objeto de subvención, se considerarán gastos subvenciona-
bles, así como sus exclusiones y limitaciones, aquellos previstos en el artículo 2 de la Orden
UMA/15/2018, de 10 de abril.
4. Los proyectos objeto de subvención por la presente convocatoria habrán de desarrollarse
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y deberán realizarse entre el
1 de enero al 31 de diciembre de 2018.

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