Orden UMA/21/2019, de 20 de marzo, por la que se aprueban las Bases reguladoras de Ayudas del Programa I+C=+C - Fomento de Grandes Proyectos de I+D.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social
Rango de LeyOrden

Orden UMA/21/2019, de 20 de marzo, por la que se aprueban lasBases reguladoras de Ayudas del Programa I+C=+C - Fomento deGrandes Proyectos de I+D.

ÍNDICE

Disposiciones generales
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Requisitos de las personas beneficiarias
Artículo 3 Forma y plazo de presentación de las solicitudes
Artículo 4 Procedimiento de concesión
Artículo 5 Criterios de otorgamiento y determinación de la cuantía
Artículo 6 Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la ayuda y plazo de notificación de la resolución
Artículo 7 Justificación de la ayuda
Artículo 8 Comprobación de las ayudas
Artículo 9 Pago de las ayudas
Artículo 10 Subcontratación
Artículo 11 Límites a la concesión
Artículo 12 Compatibilidad con otras ayudas
Artículo 13 Obligaciones de los beneficiarios
Artículo 14 Revocación y reintegro
Artículo 15 Obligación de colaboración
Artículo 16 Régimen sancionador
Artículo 17 Publicidad
Artículo 18 Confidencialidad y protección de datos
Disposición adicional Única Régimen Supletorio.
Disposición final Única Entrada en vigor.

La Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S. A., en adelante SODERCAN, S. A.,tiene como objetivo el desarrollo económico y social de la región, y compatibiliza sus objetivos de rentabilidad e interés público regional con la promoción empresarial y el fomento delas inversiones en Cantabria, siendo por tanto su objetivo esencial entre otros el potenciar lascapacidades del sistema cántabro de I+D.

En el ámbito regional, el Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del 30 de enerode 2014, a propuesta de la Comisión de Coordinación de la Innovación y oído el Foro de laInnovación, aprobó la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la EspecializaciónInteligente de Cantabria (iCan2020).

En el marco de iCan 2020, la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambientey Política Social del Gobierno de Cantabria, considera prioritario potenciar la cooperación empresarial, así como mejorar la interacción entre el sector científico-tecnológico y las empresasde Cantabria, para mejorar su competitividad.

SODERCAN, S. A., a través de las presentes Bases Reguladoras pone en marcha un programa de ayudas, que tiene como objetivo la realización de actividades de I+D de alto impactoque se desarrollen en la región, mediante la ejecución de grandes proyectos que contribuyana diversificar el tejido empresarial actual hacia nuevos productos de alto valor añadido e incremente su productividad.

El Consejo de Administración de la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S. A., (en adelante SODERCAN, S.A), en su reunión de fecha 19 de febrero del 2019, aprobólas siguientes Bases Reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva delPrograma I+C=+C ‒ Fomento de Grandes Proyectos de I+D en la Comunidad Autónoma deCantabria en el año 2019 y siguientes.

Por ello, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, laLey de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y la Ley de Cantabria5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y delSector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y asegurando el cumplimiento de los principios de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva,

DISPONGO

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 18
Artículo 1 Objeto.
  1. Las presentes bases reguladoras tienen por objeto fomentar el apoyo a la realización degrandes proyectos de I+D empresariales con alto impacto para la región por parte de empresas tractoras sobre la economía regional, tanto nuevas como ya localizadas en Cantabria.

  2. Los proyectos de I+D empresariales deben generar un importante efecto multiplicadory de innovación sobre la actividad productiva regional, y han de suponer la generación de unamasa crítica de I+D de carácter interdisciplinar que permita la consecución de los siguientesobjetivos: promover la creación de empresas innovadoras u orientar la actividad de empresasya existentes hacia la actividad innovadora; movilizar la inversión privada, generar empleo ypotenciar la actividad económica en Cantabria; y mejorar la posición competitiva del tejidoempresarial cántabro y su sistema de I+D.

    Se considerarán grandes proyectos de I+D aquellos con potencial tractor sobre la economíaregional, con capacidad de mejorar y/o dinamizar la economía de su entorno.

  3. Los proyectos para cuya ejecución se solicite la ayuda, han de evidenciar un claro interésde la entidad solicitante en su desarrollo y han de ser de tales características que puedan serconsiderados en su globalidad como proyecto de investigación industrial, desarrollo experimental o investigación fundamental.

    A tales efectos, se entiende por Investigación Industrial y según lo establecido en el Reglamento 651/2014, de aplicación a las presentes bases: La investigación planificada o losestudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan serútiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos ypuede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno coninterfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesariopara la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.

    Se entiende por Desarrollo Experimental y según lo establecido en el Reglamento 651/2014,de aplicación a las presentes bases: La adquisición, combinación, configuración y empleo deconocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otrotipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puedeincluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

    El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, laelaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios

    nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento,siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesoso servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototiposo proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo confines de demostración.

    El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadasen productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

    Y, por último, se entiende por Investigación Fundamental y según lo establecido en elReglamento 651/2014, de aplicación a las presentes bases: Los trabajos experimentales oteóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca delos fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, sin perspectivas deaplicación o utilización comercial directa.

  4. No se considerarán subvencionables aquellas acciones cuyo objetivo esté orientado alcumplimiento de requisitos legales, la mera renovación de equipos o certificados ni el equipamiento de segunda mano.

    Asimismo, en ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos, cargas y gravámenes.

  5. Las presentes bases reguladoras serán de aplicación a las diferentes convocatorias quecon periodicidad anual se convoquen por SODERCAN, S. A. A tal efecto, las oportunas convocatorias determinarán las concretas líneas de actuación y medidas cuya ejecución deberándesarrollar las inversiones y proyectos a los que se dirigen las ayudas.

    Las ayudas contempladas en estas bases reguladoras se circunscriben al Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categoríasde ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 delTratado, más concretamente en su artículo 25.

Artículo 2 Requisitos de las personas beneficiarias.
  1. Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en las presentes basescualquier empresa: entidades que, independientemente de su forma jurídica y a título individual, ejerzan una actividad económica, válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud y que no incurran en ninguna de las causas previstas en el artículo 12.2 dela Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

  2. Las entidades solicitantes deben contar con el domicilio social y/o centro de trabajo enla Comunidad Autónoma de Cantabria y realizar en la región las actividades susceptibles deobtener ayuda por medio de la correspondiente convocatoria.

    Con el objetivo de asegurar que los resultados de los proyectos subvencionados reviertanen Cantabria, las empresas beneficiarias deberán desarrollar su proyecto y realizar el gastosubvencionado en su centro de trabajo o establecimiento localizado en Cantabria. Asimismo,la empresa beneficiaria queda obligada a mantener su actividad en Cantabria por un periodomínimo de 3 años desde la finalización del proyecto.

  3. Quedan expresamente excluidas de las presentes bases las empresas/entes públicos dela Administración regional o estatal, Organismos de Investigación y empresas que hayan sidoparticipadas por SODERCAN en los tres años anteriores a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR