Orden SAN/54/2015, de 29 de diciembre, por la que se convoca el convoca el II Concurso de Cortometrajes Alcohol y Menores en el año 2016.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

El artículo 25.3 del Estatuto de Autonomía para Cantabria atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de sanidad e higiene.Asimismo, el artículo 6 de la Ley 14/1986, General de Sanidad señala que las actuaciones delas Administraciones Públicas Sanitarias están orientadas a la promoción de la salud y la educación sanitaria.

En cumplimiento de las citadas disposiciones normativas, y con el fin de promover la reflexión sobre el consumo de alcohol y fomentar otras alternativas de ocio, y de acuerdo conlas atribuciones conferidas por el artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónomade Cantabria y por los artículos 16 y 23 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, desubvenciones de Cantabria

DISPONGO

Artículo Único
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para elaño 2016, en régimen de concurrencia competitiva, el "II Concurso de Cortometrajes Alcoholy Menores", con el objetivo de promover entre los adolescentes y jóvenes la reflexión sobre elconsumo de alcohol y las conductas de riesgos que se derivan de dicho consumo y fomentar elconsumo responsable y otras alternativas de ocio.

  2. El concurso se ajustará en su desarrollo a las siguientes bases:

    Primera.- Participantes.

  3. Podrán participar en este concurso alumnos/as matriculados durante el curso 2015-2016en 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), en 1º de Bachillerato, 1º de CiclosFormativos de Grado Medio y en Formación Profesional Básica, cuya aula se haya inscrito enel programa "Alcohol y Menores" promovido y acreditado por el Plan Regional sobre Drogas, yque haya trabajado sus contenidos en el aula durante el presente curso escolar.

  4. Se podrá participar de forma individual o en grupo. Los grupos estarán formados comomáximo por tres alumnos de una misma clase.

  5. Sólo se permitirá una participación por alumno.

  6. Cada grupo o participante individual podrá presentar un único cortometraje.

  7. El profesor responsable de la aplicación del programa en el aula mediará en la participación de los alumnos tramitando las solicitudes según lo establecido en la base tercera.

    Segunda .- Requisitos de los cortometrajes:

  8. Los cortometrajes deberán ser inéditos

  9. Los cortometrajes deben estar titulados.

  10. El tema de los cortometrajes estará orientado hacia la difusión del consumo responsablede bebidas alcohólicas y deberá centrarse en las conclusiones y reflexiones de los temas trabajados en el programa "Alcohol y Menores" durante el curso escolar 2015-2016. No se admitirántrabajos que tengan contenidos políticos, irreverentes, obscenos, xenófobos o cualquier otroque atente contra la dignidad de las personas.

    CVE-2015-14278

  11. Debe tratarse de una grabación de vídeo, en ningún caso serán elegibles montajes defotografías.

  12. Tener una duración máxima de 3 minutos.

  13. Tener un peso máximo de 1 GB (gigabyte).

  14. Realizarse en formato AVI o MOV.

    Tercera.- Inscripciones.

  15. Se deberá presentar la solicitud de inscripción que figura en el Anexo I. Deberán dirigirseal titular de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria, estar suscritaspor el profesor/a responsable de la aplicación en el aula del programa "Alcohol y Menores", ycontener la relación de participantes en el concurso. Deberán ser presentadas adjuntando lasiguiente documentación:

    1. Los cortometrajes en soporte digital: Pendrive o DVD. (uno por cada participante individual o grupo inscrito)

    2. Relación de Participación (individual Anexo II y/o en grupo Anexo III)

    3. Declaración responsable, (Anexo IV, una por alumno participante y otra por el profesorresponsable) que comprende:

    - La veracidad de los datos referentes a la identificación personal y de residencia, asícomo la autorización para su comprobación.

    - No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley deCantabria 10/2006, de 17 de julio, y encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o de cualquier otro ingreso de derecho público.

  16. Si se advirtiese que alguna solicitud carece de datos requeridos o la...

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