Orden SAN/15/2020, de 31 de enero, por la que se crea y regula el Comité de Sistemas y Tecnologías de la Información del Sistema Sanitario Público de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

Desde su creación hasta el momento actual, la función de sistemas y tecnologías de la información en el Servicio Cántabro de Salud se ha caracterizado por su fragmentación en las cuatroGerencias existentes (Gerencia de Atención Primaria, Gerencia de Atención Especializada del ÁreaI: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla", Gerencia de Atención Especializada del Área II:Hospital Comarcal de Laredo y Gerencia de Atención Especializada Áreas III y IV: Hospital Comarcal Sierrallana) y el servicio informático integrado en la Subdirección de Desarrollo y Calidad Asistencial, coexistiendo, de tal forma, cinco servicios informáticos distintos. Este diseño respondía auna concepción instrumental de la función de Tecnologías de la Información y de la Comunicación(en adelante TIC), encaminada a la mejora operativa en un escenario donde no habían irrumpidoaun dichas tecnologías, como un factor de mejora de las funciones clínicas y asistenciales.

Partiendo de la referida fragmentación, resulta preciso abordar las nuevas necesidades quese requieren en materia de sistemas y tecnologías de la información en el ámbito del ServicioCántabro de Salud, con el objeto de afrontar un diseño estratégico de las políticas y herramientas a aplicar, integrando las necesidades de las distintas unidades y alineándolas con losobjetivos corporativos de mejora del servicio sanitario en su conjunto.

Así, el artículo 59.g) de la Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria atribuye a la a la Consejería competente en materia de sanidad la dirección estratégica,inspección, evaluación y control de eficacia del Servicio Cántabro de Salud. En este sentido, elDecreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura OrgánicaBásica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria, modificado por el Decreto 207/2019, de13 de noviembre, en su artículo octavo determina en el punto 2 la creación de la DirecciónGeneral de Transformación Digital y Relaciones con los Usuarios, y en el punto 5 define suscompetencias, y específicamente señala entre las mismas:

  1. La dirección estratégica, supervisión y control de los sistemas y tecnologías de la información del conjunto del Sistema Sanitario Público, exclusivamente en el ámbito funcional delServicio Cántabro de Salud.

  2. La dirección y desarrollo de políticas de planificación sanitaria, evaluación de tecnologíassanitarias y transformación digital, implementando para ello adecuados sistemas de información sanitaria, desarrollos de e-health y m-health y aplicaciones de inteligencia artificial ensalud, exclusivamente en el ámbito funcional del Servicio Cántabro de Salud (...).

  3. Cualesquiera otras...

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