Orden SAN/17/2011, de 19 de mayo, por la que se crean y regulan los Comités de Seguridad del Paciente y Gestión de los Riesgos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

La creciente complejidad de los sistemas sanitarios y del entorno de la actividad clínica suponeun nuevo escenario para el ejercicio de las profesiones sanitarias, ya que, de la combinación compleja de procesos, tecnologías e interacciones humanas, resultan un porcentaje elevado de efectosadversos. Por ello la seguridad del paciente constituye una prioridad y un componente esencial dela calidad asistencial. Los sistemas sanitarios deben establecer medidas que permitan prevenir loserrores y los efectos adversos evitables en la práctica clínica y, de este modo, controlar y minimizarlos riesgos para el paciente.

En este sentido, la estrategia 8 del Plan de Calidad del Sistema Nacional de Salud tiene por objeto mejorar la seguridad de los pacientes atendidos en los centros sanitarios del Sistema Nacionalde Salud. En concordancia con dicha estrategia, la Comunidad Autónoma de Cantabria asume elcompromiso de situar la seguridad de los pacientes en el centro de su política sanitaria e impulsarlos proyectos y estrategias necesarias para la mejora de prácticas seguras en los centros sanitariosde su territorio.

Por otra parte, el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Comunidad Autónoma de Cantabria firmaron el 11 de diciembre de 2008 un convenio de colaboración en el que se prevé el desarrollo deunidades o grupos de trabajo específicos en calidad que permitan promover una estrategia unificadaen seguridad de pacientes en la Comunidad Autónoma.

Así, buscando la consolidación de una política de seguridad para los pacientes de nuestra Comunidad Autónoma y dentro de las estrategias encaminadas a la puesta en marcha de una adecuadagestión de riesgos que permita un abordaje sistemático en el que la organización y los profesionalesse responsabilicen de la cuestión, se considera oportuna la creación de un Comité Autonómico de Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos, así como Comités Funcionales de Seguridad del Pacientey Gestión de Riesgos en cada una de las Gerencias del Servicio Cantabro de Salud.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 33 f) dela Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 10
Artículo 1 Objeto

La presente orden tiene por objeto la creación y regulación de:

  1. El Comité Autonómico de Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos. b) Un Comité Funcional de Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos en cada Gerencia delServicio Cantabro de Salud.

Artículo 2 Naturaleza

Los Comités de Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos señalados en el artículo anterior seconfiguran como órganos colegiados de carácter consultivo y de asesoramiento en materia de riesgos sanitarios y seguridad del paciente.

CVE-2011-7228

CAPÍTULO II Artículos 3 a 6

COMITÉ AUTONÓMICO DE SEGURIDAD DEL PACIENTE Y GESTIÓN DE RIESGOS

Artículo 3 Adscripción, objetivos y funciones. 1

El Comité Autonómico de Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos, cuyo ámbito deactuación será el conjunto del Sistema Autonómico de Salud, se adscribe a la Consejería deSanidad a través de la Dirección General competente en materia de ordenación, inspección yatención sanitaria. 2. El Comité Autonómico de Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos tiene como objetivos: a) Promover la cultura de seguridad en la...

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