Orden PRE/82/2020, de 5 de marzo, por la que se modifica la Orden PRE/50/2017, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Casas de Cantabria para financiar la adquisición, construcción, rehabilitación, remodelación y equipamiento de inmuebles destinados a sedes e instalaciones sociales.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
Rango de LeyOrden

Orden PRE/82/2020, de 5 de marzo, por la que se modifica la OrdenPRE/50/2017, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Casas de Cantabria parafinanciar la adquisición, construcción, rehabilitación, remodelación yequipamiento de inmuebles destinados a sedes e instalaciones sociales.

Con fecha 5 de julio de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria número 129,la Orden PRE/50/2017, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas a las Casas de Cantabria para financiar la adquisición, construcción,rehabilitación, remodelación y equipamiento de inmuebles destinados a sedes e instalacionessociales, siendo objeto de modificación mediante Orden PRE/19/2018, de 20 de marzo (BoletínOficial de Cantabria número 63, de 29 de marzo).

De conformidad a lo dispuesto en el Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria,se le atribuye a la Dirección General de Administración Local, Acción Exterior y Casas de Cantabria, perteneciente a la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, entreotras la competencia de impulso de las relaciones y gestión de las actividades relacionadascon las Casas de Cantabria, incluidas las competencias y funciones sobre el funcionamientodel Consejo de Comunidades Cántabras, y el registro de las mismas, así como, la coordinaciónde la asistencia y apoyo a las Comunidades Cántabras en materia de ayudas, subvenciones yconvenios de colaboración; la propuesta y tramitación de proyectos de normativa que configuren el marco jurídico de regulación de la promoción, la coordinación y el fortalecimiento de lasrelaciones de la Comunidad de Cantabria, su sociedad civil y sus instituciones, con las Comunidades Cántabras asentadas fuera de la Cantabria y el fomento y la promoción de la identidadcultural de los cántabros en el exterior.

Atendiendo a la normativa mencionada procede modificar la Orden PRE/50/2017, de 26de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a lasCasas de Cantabria para financiar la adquisición, construcción, rehabilitación, remodelación yequipamiento de inmuebles destinados a sedes e instalaciones sociales, al objeto de introducir la referencia de la Dirección General de Administración Local, Acción Exterior y Casas deCantabria como actual titular de la competencia en subvenciones para las Casas de Cantabria.

Por otra parte, la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria en su artículo35 regula el procedimiento de aprobación del gasto y del pago, estableciendo en el párrafosegundo del artículo 6 que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas defondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar acabo las actuaciones inherentes a la subvención. La realización de pagos anticipados, así comoel régimen de garantías, deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de lasubvención, en los términos del artículo 16.

El artículo 16.3.k) de la Ley de subvenciones de Cantabria establece que la norma reguladora de las bases de concesión de las subvenciones concretará como mínimo la posibilidadde efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, ensu caso, deberán aportar las personas beneficiarias, en los términos previstos en la Ley dePresupuestos.

El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que...

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