Orden PRE/70/2019, de 7 de noviembre, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes reservados a personal laboral fijo en las categorías profesionales del grupo 1-5.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
Rango de LeyOrden

CONVOCATORIA 2019/08

Siendo precisa la cobertura definitiva de puestos de trabajo de personal laboral en las categorías profesionales Técnico de Cocina y Capataz-Trabajos Forestales y Conservación del MedioNatural del Grupo 1-5 se hace necesario proceder a su convocatoria mediante el procedimientoprevisto en los artículos 11 y siguientes del VIII Convenio Colectivo para el Personal Laboralal servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicado en el BOCextraordinario número 3, de 12 de febrero de 2010.

Al objeto de garantizar que todos los trabajadores de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria desempeñen un puesto de trabajo en esta Administración, a través dela presente convocatoria será especialmente tenida en cuenta la situación de aquellos trabajadores que, teniendo la obligación de concursar en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 delVIII Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, no obtengan destino definitivo una vez resuelto el concurso yqueden a disposición del Secretario General de su Consejería.

A propuesta de la Secretaría General de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería,Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y de la Dirección del Instituto Cántabro de ServiciosSociales, la Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 13 y siguientes de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de Función Pública,

DISPONE

Convocar concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las categorías profesionales Técnico de Cocina y Capataz-Trabajos Forestales y Conservación del MedioNatural del Grupo 1-5 cuyo contenido responde a las características indicadas en el Anexo I.

Esta convocatoria se ajustará a las siguientes normas:

  1. Bases.

    Las bases generales a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en laOrden PRE/65/2010, de 22 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 34, de 28 de diciembre de 2010.

  2. Requisitos de participación.

    2.1.- Podrán tomar parte en los concursos de méritos a puestos de distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad dentro del mismo grupo y nivel, los trabajadores fijos de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y los trabajadores fijos de la Administración del Principado de Asturias y de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, deconformidad con lo dispuesto en su respectivo Convenio de Colaboración que se encuentrenprestando servicios o en excedencia, siempre que reúnan los requisitos siguientes:

    1. Llevar desempeñando su puesto de trabajo al menos un año, salvo en los supuestos queseguidamente se enumeran:

    CVE-2019-9981

  3. - Que se desempeñe puesto de trabajo en adscripción provisional.

  4. - Que se encuentre a disposición del Secretario General de la Consejería correspondiente.

  5. - Que se participe desde la situación de excedencia siempre y cuando se tenga derechoal reingreso.

    1. Pertenecer a distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad de los puestos

      convocados.

    2. Cumplir todos los demás requisitos exigidos para el desempeño de los correspondientespuestos conforme a lo dispuesto en el Anexo I.

      2.2.- La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos de participación será ladel día en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.

  6. Presentación de solicitudes y documentación.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en este concurso presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial que será entregado gratuitamente en las Secretarías Generales decada Consejería y en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónomade Cantabria, y que se ajustará al modelo publicado como Anexo II de la convocatoria, en elplazo de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la misma enel Boletín Oficial de Cantabria.

    Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y AcciónExterior, acompañadas de la documentación que al efecto establezca la convocatoria.

    Las solicitudes se presentarán junto con la documentación acreditativa en el Registro General, en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados o, en su caso, en cualesquierade los lugares y medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Boletín Oficial del Estado de 2 de octubre).

    3.2.- Los requisitos específicos de desempeño deberán ser aportados junto con la solicitudde participación en el concurso, siempre que no consten ya en el expediente personal del interesado o la hubiesen presentado en la convocatoria inmediatamente anterior, circunstanciaque habrá de hacerse constar expresamente en la misma.

    3.3.- Podrán solicitarse, por orden de preferencia, cuantos puestos de trabajo figuren enel Anexo I, de acuerdo con el modelo que se publica como Anexo II, y siempre que se reúnanlos requisitos exigidos para cada puesto de trabajo. Se exceptúa de esta limitación a quienesdesempeñen un puesto de trabajo con carácter provisional o se encuentren a disposición delSecretario General en el Gobierno de Cantabria.

    3.4.-Certificación de méritos.

    La presentación de solicitud de participación sirve como solicitud de emisión de este certificado para los trabajadores fijos del Gobierno de Cantabria.

    En este documento se certificará de acuerdo con el Anexo IV que se publicará con la convocatoria, el grupo y nivel; la antigüedad en la Administración; el tiempo de desempeño efectivocomo personal laboral fijo de puestos de la categoría profesional a la que se opta; la antigüedad en el puesto de trabajo desde el que concursa; así como títulos y cursos cuyos documentosacreditativos figuren en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública a lafinalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Los participantes de aquellas Administraciones con las que existiese convenio que posibilitase su participación, deberán aportar junto con la solicitud dicho certificado expedido por elórgano competente en materia de personal en mismos términos establecidos en el párrafo anterior o bien, aportar copia que ponga de manifiesto que lo han solicitado, en cuyo caso cuandose obtenga será remitida al Servicio de Selección, Provisión y Relaciones de Puestos de Trabajode la Dirección General de Función Pública, antes del vencimiento del plazo.

    3.5.- Los trabajadores unidos por matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente registro que...

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