Orden PRE/67/2018, de 28 de noviembre, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes reservados a personal laboral fijo en las categorías profesionales del grupo 2-3.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

Convocatoria 2018/7.

Siendo precisa la cobertura definitiva de diferentes puestos de trabajo de personal laboralen las categorías profesionales de Recepcionista, Conductor, Responsable de Servicios, Escucha de Emisora Central, Almacenero y Operario de Mantenimiento del Grupo 2-3 se hacenecesario proceder a su convocatoria mediante el procedimiento previsto en los artículos 11 ysiguientes del VIII Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicado en el B.O.C. extraordinario número 3, de12 de febrero de 2010.

Al objeto de garantizar que todos los trabajadores de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria desempeñen un puesto de trabajo en esta Administración, a través dela presente convocatoria será especialmente tenida en cuenta la situación de aquellos trabajadores que, teniendo la obligación de concursar en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 delVIII Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, no obtengan destino definitivo una vez resuelto el concurso yqueden a disposición del Secretario General de su Consejería.

A propuesta de la Dirección del ICASS y de las Secretarías Generales de las Consejeríasde Presidencia y Justicia, Obras Públicas y Vivienda y Medio Rural, Pesca y Alimentación, elConsejero de Presidencia y Justicia, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 13 ysiguientes de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública,

DISPONE

Convocar concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las categorías profesionales de Recepcionista, Conductor, Responsable de Servicios, Escucha de Emisora Central, Almacenero y Operario de Mantenimiento del Grupo 2-3 cuyo contenido respondea las características indicadas en el Anexo I.

Esta convocatoria se ajustará a las siguientes normas:

  1. Bases.

    Las bases generales a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en laOrden PRE/65/2010, de 22 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 34, de 28 de diciembre de 2010.

  2. Requisitos de participación.

    2.1. Podrán tomar parte en los concursos de méritos a puestos de distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad dentro del mismo grupo y nivel, los trabajadores fijos de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y los trabajadores fijos de la Administración del Principado de Asturias y de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, deconformidad con lo dispuesto en su respectivo Convenio de Colaboración que se encuentrenprestando servicios o en excedencia, siempre que reúnan los requisitos siguientes:

    CVE-2018-10582

    1. Llevar desempeñando su puesto de trabajo al menos un año, salvo en los supuestos queseguidamente se enumeran:

  3. Que se desempeñe puesto de trabajo en adscripción provisional.

  4. Que se encuentre a disposición del Secretario General de la Consejería correspondiente.

  5. Que se participe desde la situación de excedencia siempre y cuando se tenga derecho alreingreso.

    1. Pertenecer a distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad de los puestos

      convocados.

    2. Cumplir todos los demás requisitos exigidos para el desempeño de los correspondientespuestos conforme a lo dispuesto en el Anexo I.

      2.2. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos de participación será ladel día en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.

  6. Presentación de solicitudes y documentación.

    3.1. Quienes deseen tomar parte en este concurso presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial que será entregado gratuitamente en las Secretarías Generales decada Consejería y en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónomade Cantabria, y que se ajustará al modelo publicado como Anexo II de la convocatoria, en elplazo de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la misma enel Boletín Oficial de Cantabria.

    Las solicitudes se dirigirán al Sr. Consejero de Presidencia y Justicia, acompañadas de ladocumentación que al efecto establezca la convocatoria.

    Las solicitudes se presentarán junto con la documentación acreditativa en el Registro General, en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados o, en su caso, en cualesquierade los lugares y medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Boletín Oficial del Estado de 2 de octubre).

    3.2. Los requisitos específicos de desempeño deberán ser aportados junto con la solicitudde participación en el concurso, siempre que no consten ya en el expediente personal del interesado o la hubiesen presentado en la convocatoria inmediatamente anterior, circunstanciaque habrá de hacerse constar expresamente en la misma.

    3.3. Podrán solicitarse, por orden de preferencia, cuantos puestos de trabajo figuren en elAnexo I, de acuerdo con el modelo que se publica como Anexo II, y siempre que se reúnanlos requisitos exigidos para cada puesto de trabajo. Se exceptúa de esta limitación a quienesdesempeñen un puesto de trabajo con carácter provisional o se encuentren a disposición delSecretario General en el Gobierno de Cantabria.

    3.4. Certificación de méritos.

    La presentación de solicitud de participación sirve como solicitud de emisión de este certificado para los trabajadores fijos del Gobierno de Cantabria.

    En este documento se certificará de acuerdo con el Anexo IV que se publicará con la convocatoria, el grupo y nivel; la antigüedad en la Administración; el tiempo de desempeño efectivocomo personal laboral fijo de puestos de la categoría profesional a la que se opta; la antigüedad en el puesto de trabajo desde el que concursa; así como títulos y acciones formativascuyos documentos acreditativos figuren en el Registro de Personal a la finalización del plazo depresentación de solicitudes.

    Los participantes de aquellas Administraciones con las que existiese convenio que posibilitase su participación, deberán aportar junto con la solicitud dicho certificado expedido por elórgano competente en materia de personal en mismos términos establecidos en el párrafo anterior o bien, aportar copia que ponga de manifiesto que lo han solicitado, en cuyo caso cuandose obtenga será remitida al Servicio de Selección, Provisión y R.P.T. de la Dirección General deFunción Pública, antes del vencimiento del plazo.

    3.5. Los trabajadores unidos por matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente registro que participen en un mismo concurso podrán, por razones de convivencia familiar, condicionar sus solicitudes al hecho de que ambos obtengan destino en el mismomunicipio, entendiéndose, en caso contrario, anuladas las peticiones efectuadas por ambos.Dicha circunstancia deberá concretarse en las respectivas solicitudes y acompañar fotocopiade la solicitud del otro aspirante.

    La inscripción referida anteriormente se acreditará mediante el correspondiente certificadoy, sólo en ausencia de registro, mediante certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente.

    3.6. Los interesados podrán desistir, total o parcialmente, de las solicitudes presentadas,hasta la fecha de constitución de la Comisión de Valoración. Desde ese momento y hasta lapropuesta de adjudicación que efectúe la Comisión, únicamente se admitirán desistimientosmotivados con carácter excepcional, cuya apreciación será objeto de estudio por la Comisión,la cual decidirá su admisión o no. En ningún caso se admitirá el desistimiento de quien estéobligado a participar. La renuncia se podrá efectuar a través del modelo que se publicará comoAnexo III a esta convocatoria.

  7. Méritos a valorar y baremo de puntuación.

    La fecha de referencia para la valoración de los méritos exigidos y acreditados será la de lafecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    4.1. Antigüedad:

    Se valorará por años completos de servicios. Se otorgarán 0,30 puntos cada año, no pudiendo exceder de 2 puntos la puntuación máxima de este mérito.

    4.2. Méritos profesionales:

    Se valorará el desempeño efectivo como personal laboral fijo en adscripción definitiva oprovisional de puestos de la categoría profesional a la que se opta, a razón de 0,10 puntospor mes completo de servicios, no siendo objeto de valoración en ningún caso los periodosde ocupación de puestos de una categoría profesional en movilidad a funciones de categoríaencuadrada en el mismo nivel y grupo de clasificación, ni en movilidad a funciones de superiornivel o grupo de clasificación. La puntuación máxima obtenible en este apartado es de 2,50puntos. El desempeño efectivo valorable deberá haberse realizado en los últimos tres años.

    4.3. Méritos académicos:

    Consistirán en títulos académicos y/o profesionales y acciones formativas relacionadas conlas tareas a desarrollar en el desempeño de los puestos, siendo la puntuación máxima alcanzable por este mérito de 1,50 puntos, los cuales se distribuirán de la siguiente manera:

    1. Títulos académicos y/o profesionales.

      Por títulos académicos y/o profesionales superiores a los exigidos en la categoría, siempreque estén relacionados con las tareas a desarrollar en la misma según la descripción contenidaen el VIII Convenio Colectivo, se valorará un solo título con 0,50 puntos.

    2. Formación.

      Se valorarán las acciones formativas relacionadas con las tareas del puesto al que se opte,conforme a las áreas y subáreas que figuran recogidas en el Anexo I de la convocatoria. Seotorgarán 0,25 puntos por cada acción formativa con certificado de aprovechamiento y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR