Orden OBR/5/2016, de 8 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del premio Pueblo de Cantabria 2016.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Obras Publicas y Vivienda
Rango de LeyOrden

Con el fin de promover y apoyar la recuperación, mejora y mantenimiento de los pueblosde Cantabria en el marco de la defensa de los valores tradicionales, del entorno natural y ecológico, del patrimonio histórico, cultural y artístico, y de la calidad de vida de los ciudadanos,la Ley de Cantabria 5/2015, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Cantabria para el año 2016, ha previsto, dentro de las actuaciones en infraestructura municipal de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, una consignación presupuestaria destinada a "Pueblo de Cantabria" en el 2016.

Con este premio se pretende reconocer la labor de los Ayuntamientos y demás EntidadesLocales en la defensa, mejora y desarrollo de los entornos urbanos y rurales de Cantabria enlos pueblos con una población inferior a mil habitantes, pudiendo promover en el ámbito desus competencias toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan asatisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

De este modo, se premiará aquella actuación de infraestructura municipal más representativa para la mejora de las condiciones o la calidad de vida de los habitantes de los pueblosde Cantabria, o que más haya respetado los valores de la tradición, la cultura o el patrimoniode Cantabria.

Excepcionalmente podrán ser objeto de reconocimiento y distinción más de una actuación deinfraestructura municipal del mismo o de distintos Ayuntamientos o demás Entidades Locales.

Por todo ello, en el marco de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvencionesde Cantabria, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley de Cantabria 5/2015, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2016, y en el artículo 33.f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno yde la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. - Constituye el objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras para la concesión del Premio "Pueblo de Cantabria 2016", destinado a Ayuntamientos y demás EntidadesLocales de Cantabria para el reconocimiento de aquella actuación en infraestructura municipal,en pueblos con una población inferior a mil habitantes, más representativa de la mejora delas condiciones o la calidad de vida de los habitantes de los pueblos de Cantabria, o que másrespete los valores de la tradición, la cultura o el patrimonio de Cantabria.

  2. - La dotación económica del premio irá destinada a sufragar los gastos derivados de laejecución de la actuación, cuya finalización o recepción tenga lugar dentro del año 2016.

    Asimismo podrá destinarse a algún proyecto en ejecución o a ejecutar siempre y cuando lafinalización o recepción de la actuación objeto del mismo se realice dentro del año 2016.

    El Ayuntamiento o Entidad Local premiado habrá de haber aportado para la financiación dela actuación objeto del Premio, como mínimo, la cuantía de éste, debiéndose justificar dichaaportación en los términos expresados en el artículo 8 de la presente Orden.

  3. - Excepcionalmente podrá otorgarse el Premio a más de un Ayuntamiento o Entidad Localpor una o más actuaciones de infraestructura municipal, sin que el conjunto de los premios

    CVE-2016-5418

    otorgados pueda exceder en ningún caso del límite cuantitativo de la dotación presupuestaria

    prevista por el artículo 10 de la presente Orden.

  4. - La presente convocatoria tiene por finalidad promover y apoyar la recuperación, mejoray mantenimiento de los pueblos de Cantabria con una población inferior a mil habitantes en elmarco de la defensa de los valores tradicionales, del entorno natural y ecológico, y del patrimonio histórico, cultural y artístico.

Artículo 2 Naturaleza jurídica de las ayudas.

Las ayudas tendrán la naturaleza jurídica de subvención, de acuerdo con lo establecido enla Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 3 Diario Oficial en el que se publicará el extracto de la convocatoria.

El extracto de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de...

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