Orden INN/61/2020, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden INN/4/2019, de 15 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a actuaciones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio
Rango de LeyOrden

Con fecha 1 de marzo de 2019 se publicó la Orden INN/4/2019, de 15 de febrero, por la quese establecen las bases reguladoras de las subvenciones a actuaciones en energías renovablesy ahorro y eficiencia energética en Cantabria.

Con el fin de incentivar la inversión de instalaciones de energías renovables de mayorpotencia y coste se ha estimado necesaria la modificación de dichas bases con el fin de ampliar hasta 500 kWp el límite de potencia en las instalaciones fotovoltaicas, así como ampliarel límite superior de la inversión subvencionable, pasando de 100.000 a 300.000 euros porsolicitante. Se pretende así conseguir una disminución del consumo de energía primaria engrandes instalaciones, aumentando la participación de las renovables sobre la energía final yla generación.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley 10/2006, de17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y 35 f) de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 denoviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden INN/4/2019, de 15 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a actuaciones en energías renovables yahorro y eficiencia energética en Cantabria

Se modifica la Orden INN/4/2019, de 15 de febrero, por la que se establecen las basesreguladoras de las subvenciones a actuaciones en energías renovables y ahorro y eficienciaenergética en Cantabria, en los siguientes términos:

Uno. El primer párrafo del apartado 2.1.B. Solar fotovoltaica del artículo 4 queda redactadode la siguiente manera:

"Conversión de la energía solar en energía eléctrica mediante sistemas solares fotovoltaicoscon una potencia máxima de la instalación de hasta 500 kWp".

Dos. El apartado 3 del artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:

"El importe total de la inversión subvencionable, suma de los importes de los conceptos deinversión subvencionables, debe estar comprendida entre 5.000 y 300.000 euros por solicitante. Podrá ser...

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