Orden INN/28/2015, de 16 de diciembre, por la que se establecen para el año 2016 las tarifas de Inspección Técnica de Vehículos a aplicar por la entidad concesionaria del citado servicio en todas las estaciones de ITV de Cantabria.
Sección | 4 - Economía y Hacienda |
Emisor | Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio |
Rango de Ley | Orden |
El artículo 13 del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales deinstalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, dispone que"el régimen tarifario de las inspecciones y su actualización periódica serán establecidos por laComunidad Autónoma". En aplicación de la citada previsión deben establecerse las tarifas quepueden ser aplicadas durante el año 2016 en todas las estaciones de ITV de Cantabria, las cuales suponen una reducción del 0,7 % con respecto a las vigentes en el año 2015, al ser éste elporcentaje de variación del Índice de Precios de Consumo a nivel estatal durante el período queviene siendo aplicado para la actualización de tarifas, de conformidad con el contrato suscritocon ITEVELESA en 1986.
En su virtud,
DISPONGO
Las tarifas que pueden ser aplicadas en el año 2016 por la empresa concesionaria de lasestaciones de ITV en Cantabria son las determinadas en el anexo de esta Orden.
Régimen derogatorio
Se deroga la Orden INN/41/2014, de 22 de diciembre, por la que se establecen para el año2015 las Tarifas de Inspección Técnica de Vehículos a aplicar por la entidad concesionaria delcitado servicio en todas las estaciones de ITV de Cantabria.
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el 1 de enero de 2016.
Santander, 16 de diciembre de 2015.
El consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, Francisco L. Martín Gallego.
CVE-2015-13964
ANEXO
Las tarifas a aplicar por el concesionario de la inspección técnica de vehículos en el ámbitode la Comunidad Autónoma de Cantabria serán las siguientes:
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- Inspecciones técnicas: 1.1. Vehículos ligeros MMA menor o igual a 3.500 Kg: 28,31 euros 1.2. Vehículos pesados MMA mayor de 3.500 Kg: 34,85 euros 1.3. Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuatriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedasy cuatriciclos ligeros: 9,40 euros. 1.4. Vehículos especiales: 55,80 euros. 1.5. Vehículos agrícolas: 18,60 euros.
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- Control de emisiones:
En aquellos vehículos sometidos a control de emisiones las tarifas anteriores se verán incrementadas en las siguientes cuantías: a)...
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