Orden INN/24/2017, de 2 de junio, por la que se convoca una beca de formación práctica para titulados en Derecho en el ámbito de la Secretaría General de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Orden INN/24/2017, de 2 de junio, por la que se convoca una beca deformación práctica para titulados en Derecho en el ámbito de la Secretaría General de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo yComercio.

Siendo de interés para esta Consejería el fomento de la formación y la realización de prácticas orientadas a la inserción en el mundo profesional de los titulados universitarios, licenciadoso graduados en Derecho, que puedan aportar especialistas conocedores de los problemas ynecesidades propias de los sectores de actividad que gestiona esta Consejería, se ha considerado oportuna la convocatoria de una beca de formación práctica.

De otra parte, la legislación presupuestaria exige que las subvenciones y ayudas que seanconcedidas con cargo a los créditos presupuestarios que no tengan asignación nominativa yafecten a un colectivo de beneficiarios potenciales cumplan los criterios de objetividad, publicidad y libre concurrencia para la concesión, principios que recoge esta Orden.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 33 f) de la Ley6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria:

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y bases reguladoras. 1

La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva,una beca de formación práctica destinada a titulados en Derecho para la realización de actividades, trabajos y estudios de formación y especialización práctica en los sectores de actividadgestionados por esta Consejería, a desarrollar en la Secretaría General o en aquel departamento que se considere más conveniente para su formación. 2. Las bases reguladoras de esta convocatoria están contenidas en la Orden INN/2/2016,de 23 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas de formaciónpráctica para Licenciados en Derecho en el ámbito de la Secretaría General de la Consejería deInnovación, Industria, Turismo y Comercio (BOC de 8 de marzo de 2016).

Artículo 2 Financiación.

La financiación del gasto que supone la presente convocatoria, por un importe máximo de 10.056,72 €, se realizará de acuerdo con el expediente de crédito plurianual nº 2017/IN/16(2017/184) y la siguiente distribución de anualidades: - Año 2017: 4.152,24 € con cargo a la aplicación presupuestaria 12.00.421M.483 de losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2017. - Año 2018: 5.904,48 € con cargo a la aplicación presupuestaria que corresponda de losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2018.

Artículo 3 Campos de especialización.

Los beneficiarios de la beca realizarán actividades de formación y especialización prácticaen temas relacionados con los transportes y las comunicaciones, el desarrollo y la innovacióntecnológica y aquellos referentes a industria, energía, minas, turismo y comercio.

Artículo 4 Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta Orden las personas que reúnan lossiguientes requisitos:

  1. Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

  2. No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.

  3. Estar en posesión de la titulación universitaria de Licenciado o Graduado en Derecho,siempre y cuando no hayan transcurrido más de 3 años desde la expedición del título o, en sucaso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fechade terminación del plazo de solicitudes.

  4. No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma durante dos o más años.

Los títulos presentados por los solicitantes deberán estar reconocidos y homologados oficialmente, así como tener plena validez en España.

Artículo 5 Solicitudes y documentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Las solicitudes se presentarán por medio de una instancia elaborada conforme al modelocontenido en el Anexo de la Orden INN/2/2016, de 23 de febrero, por la que se establecenlas bases reguladoras de las becas de formación práctica para Licenciados en Derecho en elámbito de la Secretaría General de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo (BOC de8 de marzo de 2016) y serán dirigidas al señor consejero de Innovación, Industria, Turismo yComercio, presentándose en el registro de la mencionada Unidad (calle Albert Einstein nº 2,5º Planta -PCTCAN-Edificio del Gobierno- 39011 Santander), o por cualquiera de los...

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