Orden ECD/79/2015, de 9 de junio, que convoca a los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para el desarrollo de proyectos para el fomento de la competencia matemática.

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EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/79/2015, de 9 de junio, que convoca a los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para el desarrollo de proyectos para el fomento de la competencia matemática.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define el currículo, en el artículo 6,como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. En dicho artículo, se dispone que el currículo estaráintegrado, entre otros elementos, por las competencias, o capacidades para aplicar de formaintegrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr larealización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos.

La Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria, establece en su artículo3, entre las líneas prioritarias de actuación, la adquisición y el desarrollo de las competenciasbásicas con el objetivo de formar alumnos competentes, capaces de responder a demandascomplejas y llevar a cabo tareas diversas de forma adecuada. Asimismo, en el artículo 9, dispone que la Consejería de Educación establecerá las medidas pertinentes para fomentar eldesarrollo y adquisición, por parte de los alumnos, de las mencionadas competencias básicas,entre las que figura la competencia matemática, en el marco de su modelo educativo así comode todos los planes, programas y proyectos que se impulsen desde dicha Consejería.

Asimismo, esta Consejería considera necesario fomentar la competencia matemática, reconocida como clave por la Unión Europea, con el propósito de que los alumnos desarrollen yapliquen el razonamiento matemático en la resolución de diferentes problemas en situacionescotidianas, así como para contribuir a la formación intelectual de los mismos, lo que les permitirá desenvolverse mejor tanto en el ámbito personal como social.

Con este fin se ha elaborado un Plan para el fomento de la competencia matemática quepretende contribuir al desarrollo integrado de la misma en todo el currículo, así como a laconcreción en la actuación directa de la práctica docente, desde todas las materias, ámbitos yáreas, permitiendo, de esta forma, que los alumnos adquieran los conocimientos, habilidades,destrezas y actitudes necesarios.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 33.f) de la Ley 6/2002, de 10de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente orden tiene por objeto convocar a los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para el desarrollo de proyectos para el fomento de la competenciamatemática durante los cursos 2015-2016 y 2016-2017.

Artículo 2 Destinatarios.

Podrán participar en esta convocatoria los centros docentes dependientes de la Consejeríade Educación, Cultura y Deporte que imparten educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación secundaria para personas adultas y bachillerato en laComunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 3 Objetivos del Plan para el fomento de la competencia matemática.

1. El Plan para el fomento de la competencia matemática pretende, como objetivo general,mejorar la competencia matemática del alumnado y su rendimiento escolar, incidiendo especialmente en la resolución de problemas, tanto en la formulación de situaciones matemáticamente, como en la aplicación de conocimientos, el uso de estrategias, la argumentación, y lainterpretación y la validación de los resultados obtenidos.

2. Los objetivos específicos del Plan para el fomento de la competencia matemática son lossiguientes:

  1. Promover el desarrollo de las competencias desde el área o materia de matemáticas eintegrar la competencia matemática en todas las áreas, materias y ámbitos del currículo, apartir del diseño y la puesta en práctica de tareas integradas o proyectos de investigación.

  2. Impulsar la innovación en el desarrollo de la práctica docente, ajustando el proceso deenseñanza aprendizaje a los cambios producidos en la sociedad, fundamentalmente, a travésdel uso de metodologías activas y cooperativas, de instrumentos de evaluación diversificadosy de la integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

  3. Potenciar la creatividad en matemáticas, seleccionando enunciados sorprendentes, presentando problemas actuales en contextos variados, y desarrollando en el alumno el pensamiento lateral, la capacidad de plantear nuevos problemas, formular buenas preguntas odiscutir ideas relevantes.

  4. Mejorar la percepción del alumno hacia el aprendizaje de las matemáticas, aumentandosu interés, motivación, flexibilidad y perseverancia y corrigiendo actitudes negativas tradicionalmente ligadas al área o materia, tales como la falta de confianza, baja autoestima o ansiedad.

  5. Atender a las necesidades individuales del alumnado, adaptando la actividad docente alos diversos estilos de aprendizaje, permitiendo la detección temprana de las dificultades asociadas al área o materia de matemáticas y la eficacia en la intervención.

  6. Preparar al alumno para el aprendizaje permanente y autónomo, desarrollando el pensamiento crítico y promoviendo la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa.

  7. Promover el desarrollo profesional de los docentes en competencia matemática, fomentando las comunidades de aprendizaje entre el profesorado, propiciando la reflexión sobre lapráctica educativa en el tratamiento de esta competencia.

  8. Fomentar la reflexión conjunta de los diversos agentes del centro sobre la importanciade la competencia matemática, favoreciendo la cooperación de las familias y el entorno, conlos centros educativos.

  9. Evaluar todos los ámbitos del proceso seguido, conducentes al correcto desarrollo de la competencia matemática en el entorno educativo, para el establecimiento de propuestas de mejora.

  10. Difundir experiencias y materiales seleccionados por su calidad, para que sirvan de modeloa la comunidad educativa y para contribuir a identificar los "Centros matemáticos referentes".

Artículo 4 Solicitudes: forma, lugar y plazo de presentación.

1. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a partir del díasiguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

2. La solicitud (anexo I), que será única por centro, firmada por el director del centro, irádirigida al titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, y se presentará en el registro de esta Consejería (calle Vargas 53, 7ª planta, 39010 - Santander) o en cualquiera de loslugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre,de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiendo aportarse la siguiente documentación:

  1. Proyecto para el fomento de la competencia matemática, que deberá ser presentado,además, en formato digital y tendrá, incluyendo sus anexos, una extensión máxima de 40 páginas en formato DIN-A4, orientación vertical, con letra Arial, tamaño 12 puntos y un máximode 34 líneas de texto por página. El proyecto, que será único para cada centro, se desarrollará

    durante dos cursos académicos y estará orientado a la consecución de los objetivos que se señalan en el artículo 3. Con este fin, el centro elegirá, al menos, un eje temático y una actuaciónpor eje, de entre los propuestos por el Plan para el fomento de la competencia matemática quese relacionan en el anexo II. Las actuaciones recogidas en el proyecto deberán contemplar unao varias estrategias, en cada una de las dimensiones de los distintos ámbitos enumerados en elanexo III. Las estrategias adoptadas para cada actuación deberán recogerse según el modeloque establece el anexo V.

    El proyecto para el fomento de la competencia matemática deberá incluir, al menos, losapartados que se establecen en el anexo IV.

  2. Coste del proyecto, según anexo VI. El coste del proyecto se integrará cada curso escolaren el presupuesto del centro.

  3. Certificado de la sesión del Claustro de profesores en el que conste el compromiso de

    desarrollo del proyecto durante, al menos, dos cursos académicos.

  4. Certificado de la sesión del Consejo Escolar en el que conste la aprobación de la solicitudde participación en esta convocatoria.

  5. Relación de profesores participantes en las actividades previstas en el proyecto, segúnanexo VII.

  6. DNI/NIF del director del centro educativo.

  7. Número de Identificación Fiscal (NIF) del centro.

    3. La documentación que haya sido expedida por una entidad que no dependa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria habrá de ser aportada con la solicitud.

    4. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativapodrá solicitar la documentación complementaria que estime oportuna.

Artículo 5 Criterios para la valoración de las solicitudes.

1. La valoración de las solicitudes de los centros se realizará teniendo en cuenta los criteriosrecogidos en este apartado, que podrán alcanzar una puntuación máxima de 100 puntos, yestarán distribuidos de la siguiente forma:

  1. Por la calidad, interés y coherencia del proyecto presentado, máximo de 20 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

    a1.- Análisis de la situación inicial, identificación de las necesidades y justificación...

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