Orden ECD/72/2018, de 21 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de Bachillerato, de enseñanzas profesionales de Música, de Artes Plásticas y Diseño y del concurso Hispanoamericano de Ortografía en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/72/2018, de 21 de junio, por la que se establecen las basesreguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva,de los premios extraordinarios de Bachillerato, de enseñanzas profesionales de Música, de Artes Plásticas y Diseño y del concurso Hispanoamericano de Ortografía en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 1, establece como unosde los principios inspiradores del sistema educativo, el esfuerzo individual y la motivación delalumnado. Asimismo, en su artículo 2, determina que uno de los fines que orientan el sistemaeducativo es la educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal.

La Orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que se regulan los Premios Nacionales deBachillerato establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina,en su artículo 2, que las Administraciones educativas competentes podrán convocar y concederPremios Extraordinarios de Bachillerato en sus respectivos ámbitos de competencias y que, aestos efectos, las Administraciones educativas regularán en su correspondiente convocatoriatodos los aspectos relativos a las pruebas para la concesión de estos premios.

La Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los Premios Nacionales al rendimiento académico del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y delas Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas yDiseño, determina, en su artículo 9, que podrá optar a los Premios Nacionales de EnseñanzasArtísticas Profesionales el alumnado que haya obtenido previamente Premio Extraordinariode Enseñanzas Artísticas en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma en la que hayafinalizado dichas enseñanzas.

Finalmente, por iniciativa de Colombia, en el año 2000, tuvo lugar el I Concurso Hispanoamericano de Ortografía con la participación de un alumno representante de cada uno delos países hispanoamericanos. El objetivo del concurso es el fomento del uso correcto de lalengua española. La Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónomade Cantabria, dentro del conjunto de actuaciones encaminadas a potenciar el uso correctode la lengua castellana, ha estimado oportuno participar en las ediciones ya convocadas deeste Concurso, a través de la realización de las convocatorias anuales destinadas a tal fin. ElConcurso Hispanoamericano de Ortografía, en su conjunto, consta de cuatro fases: fase en elcentro educativo, en la Comunidad Autónoma, fase nacional y fase internacional. El desarrollode las dos primeras fases se realiza en cada una de las Comunidades Autónomas participantes.Dentro de la fase de centro educativo, los centros que impartan bachillerato en la ComunidadAutónoma de Cantabria y que deseen acogerse a esta convocatoria, realizarán una pruebaentre los alumnos participantes de cada centro, que tendrá como resultado la selección de unsolo alumno.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte, a través de las presentes bases, pretendeincentivar y reconocer el trabajo, el esfuerzo, el rendimiento y la dedicación de los alumnosque demuestran una preparación especial en los estudios y, por tanto, una trayectoria académica cualificada, así como favorecer su participación en las fases nacionales y en su caso,internacionales.

Por ello, en el marco de la Ley 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión,en régimen de concurrencia competitiva de los siguientes premios.

    1. Premios extraordinarios de Bachillerato.

    2. Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Música.

    3. Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

    4. Concurso Hispanoamericano de Ortografía.

  2. En cada convocatoria se establecerán el premio o premios convocados.

  3. La percepción de estos premios es compatible con cualesquiera otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos privados, de la Unión Europea o organismos internacionales, de acuerdo con lo establecido en laLey de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrán tener la condición de beneficiarios las personas que se encuentren en la situaciónque fundamenta el premio y en las que concurran las siguientes circunstancias.

    1. Premios extraordinarios de Bachillerato:

      1. Haber cursado primero y segundo de Bachillerato en cualquiera de las modalidades encentros educativos españoles, en régimen presencia o a distancia, y tener depositado el expediente académico en un centro educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      2. Haber finalizado las enseñanzas de Bachillerato en el año académico al que se refierala convocatoria.

      3. Haber obtenido en el conjunto de los dos cursos de Bachillerato una nota media igualo superior a 8,75 puntos. La nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas en los dos cursos de Bachillerato, redondeada a la centésima máspróxima y en caso de equidistancia a la superior. Para este cálculo no se tendrán en cuenta lamateria de Religión, ni las calificaciones "apto", "exento" o "convalidado"

    2. Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Música.

      1. Haber finalizado las enseñanzas profesionales de música en el curso académico de laconvocatoria en un centro educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      2. Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en los dos últimos cursosde las enseñanzas profesionales de música. A estos efectos, las asignaturas convalidadas noserán tenidas en cuenta. En el caso de que el alumno haya accedido directamente al sextocurso de las enseñanzas, la nota media estará referida únicamente a las asignaturas de dichocurso.

    3. Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

      1. Haber finalizado el ciclo formativo de grado superior de enseñanzas profesionales deArtes Plásticas y Diseño en el curso académico de la convocatoria en un centro educativo de laComunidad Autónoma de Cantabria.

      2. Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos...

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