Orden ECD/71/2016, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Literarios Gobierno de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/71/2016, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Literarios Gobiernode Cantabria.

Conforme a lo establecido por el artículo 24.18 del Estatuto de Autonomía de Cantabria, lacultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Según las disposiciones legales que articulan el ejercicio de esta competencia, corresponden a la Consejería deEducación Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria las funciones de fomento de la culturaen todos sus aspectos.

En su virtud, por medio de la presente Orden se establecen las bases reguladoras para laconcesión de los Premios Literarios Gobierno de Cantabria, que serán convocados por iniciativade la Dirección General de Cultura, como muestra de apoyo a la creación literaria en todo elámbito de la lengua española.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido legalmente conferidas.

DISPONGO

Artículo 1 La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para laconcesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Literarios Gobierno deCantabria, en las siguientes modalidades: A

Premio de cuentos Manuel Llano. B. Premio de poesía Gerardo Diego. C. Premio de novela corta José María de Pereda.

Artículo 2 El procedimiento de concesión de los Premios se ajustará a las siguientes:.

BASES

Primera.- Requisitos de los participantes.

  1. Podrán participar en estos premios todos los autores, con independencia de su nacionalidad, excepto los ganadores de ediciones anteriores en la correspondiente modalidad.

  2. En ningún caso podrán ser premiados al amparo de esta Orden quienes se hallasen enalguna de las circunstancias previstas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

    Segunda.- Compatibilidad.

    La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

    Tercera.- Requisitos de las obras.

  3. Únicamente podrá presentarse una obra por autor, en cada modalidad de premio.

  4. La obra, cuyo contenido y forma serán libres, habrá de cumplir los siguientes requisitos:.

    1. Estar escrita en castellano.

    2. Se presentará sin firma, bajo seudónimo, con un título o lema y mediante el sistema deplica, en los términos previstos en la base cuarta.

    3. Se presentará en soporte papel en tamaño DIN A-4, por triplicado, mecanografiado a dobleespacio, por una sola cara debidamente paginada, con el título o lema correspondiente al conjunto de la obra, debiendo carecer de cualquier detalle que pueda permitir identificar a su autor.

      En las convocatorias de los Premios Manuel Llano y José María de Pereda se especificará el número de renglones por página, y en las del Premio Gerardo Diego el número de versos por página.

    4. Su extensión y características será la siguiente:.

      En el Premio Manuel Llano, la extensión de la obra no será inferior a 70 páginas ni superiora 170. El número de renglones por página no será superior a 35 ni inferior a 20, con letra de12/13 puntos de tamaño de fuente. El número mínimo de relatos de la obra será de cinco, sinlímite máximo.

      En el Premio José María de Pereda, la extensión de la obra no será inferior a...

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