Orden ECD/50/2017, de 3 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/30/2016, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para producción de obras y giras en materia de artes escénicas y música.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/50/2017, de 3 de mayo, por la que se modifica la OrdenECD/30/2016, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen deconcurrencia competitiva para producción de obras y giras en materia de artes escénicas y música.

Con fecha 26 de abril de 2016 se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria Número 79 laOrden ECD/30/2016, de 11 de abril, que establece las bases reguladoras para la concesión desubvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de obras ygiras en materia de artes escénicas y música.

En el apartado tercero del artículo 7 de dicha Orden se regula el pago de la subvención:"El pago de las subvenciones de cuantía inferior a 4.500 euros se realizará de una sola vez,mediante el anticipo del 100% de la cuantía concedida, sin requerirse para ello la prestaciónde garantía o aval alguno.

En el caso de las subvenciones de cuantía igual o superior a 4.500 euros, se adelantará albeneficiario un setenta y cinco por ciento de la subvención concedida sin la previa constitución de garantías. El abono del resto de la subvención de forma anticipada se producirá unavez que se haya justificado por el beneficiario el cumplimiento del objetivo, de la actividad,del proyecto, etc. que se corresponda con el porcentaje de subvención que fue inicialmenteanticipado."

Por su parte el apartado primero del artículo 10 de dicha Orden regula la forma de justificación de la subvención: "El beneficiario tiene la obligación de justificar, en tiempo y forma,la realización de la actividad subvencionada y el cumplimiento de la finalidad que determinóla concesión de la subvención, por un importe al menos igual al presupuesto establecido en lasolicitud, en los términos previstos en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, yen la presente Orden.

La documentación justificativa de la actividad subvencionada, y hasta alcanzar el importetotal presupuestado en la solicitud, podrá presentarse hasta el día 30 de diciembre del año encurso por aquellos beneficiarios de subvenciones de cuantía inferior a 4.500 euros que hayansido abonadas en un único pago por la totalidad.

En el caso...

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