Orden ECD/36/2016, de 26 de 2016, por la que se convoca el puesto de director del Centro Integrado de Formación Profesional Número 1 de Santander, para su provisión por el sistema de libre designación.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/36/2016, de 26 de 2016, por la que se convoca el puestode director del Centro Integrado de Formación Profesional Número 1de Santander, para su provisión por el sistema de libre designación.

El Decreto 76/2006, de 22 de junio, crea el Centro Integrado de Formación ProfesionalNúmero 1 de Santander.

El Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros integrados de formación profesional, establece en su artículo 13.1 que ladirección de los Centros integrados de titularidad pública será provista por el procedimientode libre designación entre funcionarios públicos docentes, conforme a los principios de mérito,capacidad, publicidad y previa consulta a los órganos colegiados del centro.

El Decreto 20/2013, de 25 de abril, que regula los centros integrados de Formación Profesional y establece su organización y funcionamiento en el ámbito de la Comunidad Autónomade Cantabria, establece en el artículo 19 las condiciones para el nombramiento, cese y funciones del Director. El apartado 2.a) del citado artículo determina que el director cesará en susfunciones por causa de finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de laprórroga del mismo.

Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 bis.1.e) de la Ley 4/1993, de 10 demarzo, de Función Pública de Cantabria, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 33.f) de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Convocar la provisión del puesto de trabajo, relacionado en el anexo I, mediante el sistemade libre designación, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.- Requisitos de los candidatos.

Podrán tomar parte en el proceso los funcionarios públicos docentes de los cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicosde Formación Profesional. que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar en situación de servicio activo.

  2. Tener una experiencia docente de, al menos, cinco años como funcionario de carrera.

  3. Estar prestando servicios en un centro público docente dependiente de la Consejería deEducación, Cultura y Deporte.

Segunda.- Solicitudes y documentación.

Las solicitudes para participar en la presente convocatoria, que se ajustarán al modelonormalizado que se incluye en el anexo II, se dirigirán al titular de la Consejería...

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