Orden ECD/31/2018, de 29 de marzo, por la que se modifica la Orden ECD/53/2017, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de actividades deportivas destinadas a personas con discapacidad.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/31/2018, de 29 de marzo, por la que se modifica la OrdenECD/53/2017, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen deconcurrencia competitiva, para el fomento de actividades deportivasdestinadas a personas con discapacidad.

Con fecha 17 de mayo de 2017 se publicó en el BOC nº 94 la Orden ECD/53/2017, de 8de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvencionespúblicas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de actividades deportivasdestinadas a personas con discapacidad.

En el apartado tercero del artículo 7 de dicha Orden se regula el pago de la subvención:"El pago de las subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros se realizará de una sola vez,mediante el anticipo del 100 % de la cuantía concedida, sin requerirse para ello la prestaciónde garantía o aval alguno. El pago de las subvenciones de cuantía igual o superior a 3.000euros se realizará una vez que se haya justificado por el beneficiario, al menos, la realizacióndel setenta y cinco por ciento de la actividad subvencionada, de acuerdo con el importe totalpresupuestado en su solicitud".

Por su parte el apartado primero del artículo 10 de dicha Orden regula la forma de justificación de la subvención: "El beneficiario tiene la obligación de justificar, en tiempo y forma,la realización de la actividad subvencionada y el cumplimiento de la finalidad que determinóla concesión de la subvención, por un importe al menos igual al presupuesto establecido enla solicitud, en los términos previstos en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el quese aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,y en la presente Orden. En las subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros, la documentación justificativa de la actividad subvencionada, hasta alcanzar el importe presupuestado en lasolicitud, podrá presentarse hasta el 31 de enero del año siguiente al de la subvención. En lassubvenciones de cuantía igual o superior a 3.000 euros, la documentación justificativa de la actividad subvencionada, hasta alcanzar, al menos, el 75% del importe total presupuestado en lasolicitud, deberá presentarse inexcusablemente antes del 15 de octubre del año de...

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