Orden PRE/8/2011, de 7 de marzo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de los subgrupos A1, A1/A2 y A2.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

Convocatoria 2011/3

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2.N) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de la Función Pública.

DISPONGO

Primero.- Convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo quefiguran en el Anexo I de la presente convocatoria, los cuales se ajustarán a lo dispuesto en elDecreto 43/2008, de 24 de abril, por el que se aprueban las bases generales que regirán losconcursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria reservados a funcionarios de carrera, publicado en el BoletínOficial de Cantabria número 83, de 29 de abril de 2008.

Segundo.- Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de carrera quereúnan los requisitos establecidos en la base tercera del Decreto 43/2008, de 24 de abril, ylos establecidos para el desempeño de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo I de lapresente convocatoria.

Tercero.- La valoración de los méritos para adjudicación de las plazas se efectuará deacuerdo con lo establecido en la base sexta del Decreto 43/2008, de 24 de abril.

Cuarto.- De conformidad con lo establecido en el punto 2.1.2 de la bases sexta del Decreto43/2008, de 24 de abril, para acceder a la fase segunda de esta convocatoria será necesarioobtener una puntuación mínima de 3 puntos en la fase primera.

Quinto.- Quienes deseen tomar parte en el presente concurso, presentarán su solicitudo solicitudes en el correspondiente impreso oficial, que se podrá obtener en las SecretaríasGenerales de cada Consejería, en el Registro General de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 -Santander), y también se podrátener acceso al citado impreso a través de la Intranet del Gobierno de Cantabria en el apartado"Servicios", y que se ajustará al modelo publicado como Anexo II a esta convocatoria, en elplazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente a su publicación en el BoletínOficial de Cantabria.

Las solicitudes irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Presidencia y Justicia, yse presentarán por triplicado en el citado Registro General o, en su caso, en cualesquiera delos lugares y medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

CVE-2011-3208

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre).

Junto al Anexo II, solicitud de participación, deberá presentarse el Anexo III "Certificaciónde méritos". Para los funcionarios pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria la presentación de solicitud de participación sirve, asimismo, como solicitudde emisión de este certificado.

En el Anexo III se certificarán los méritos no específicos cuyos documentos acreditativosfiguren en el Registro de Personal, o unidad de personal competente, a la finalización del plazode presentación de solicitudes.

Los datos relativos a méritos específicos u otras circunstancias personales y administrativasde los concursantes, que son de aportación voluntaria, se acreditarán mediante documentosoriginales o fotocopias compulsadas, presentándose junto con la solicitud de participación ydeberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El resto de méritos establecidos en la base cuarta, apartado tercero del Decreto 43/2008,de 24 de abril, se acreditarán como establece la citada base, de la siguiente forma:

  1. Con respecto al destino previo del cónyuge funcionario o pareja de hecho se acreditarácon fotocopia del Libro de Familia o certificado de inscripción como pareja de hecho en elcorrespondiente Registro o, en ausencia de Registro, mediante certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente, y con una certificación de la Unidad de personalcorrespondiente que acredite la localidad de destino del cónyuge o pareja de hecho, el puestoque desempeña y la forma en que lo ha obtenido.

  2. En cuanto al cuidado de un familiar, deberá acreditarse el parentesco (mediante fotocopia del Libro de Familia u otro documento público fehaciente), la situación de dependencia(mediante certificación médica oficial o de los órganos de la Administración Pública competenteen la materia), el no desempeño de actividad retribuida (mediante certificación que acrediteque no está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajopor cuente propia o ajena y declaración de la persona dependiente que no desempeña actividad retribuida alguna), el acceso desde municipio distinto (mediante certificado de empadronamiento) y la mejor atención del familiar (mediante declaración del solicitante y/o cualquierotro documento que acredite suficientemente la mejor atención del familiar)

  3. En cuanto al cuidado de hijos deberá acreditarse la edad del menor (mediante fotocopiadel Libro de Familia o de la resolución administrativa o judicial correspondiente) y la mejoratención del menor (mediante declaración del progenitor solicitante y/o cualquier otro documento que acredite suficientemente la mejor atención del menor).

Sexto.- La Comisión de Valoración tendrá la composición prevista en la Base quinta del Decreto 43/2008, de 24 de abril, y su nombramiento será objeto de publicación posterior.

Séptimo.- Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejode Gobierno de Cantabria, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.

Santander, 7 de marzo de 2011.

El consejero de Presidencia y Justicia

(P.D. Resolución de 20 de junio de 2008. BOC de 1 de julio),

la directora general de Función Pública,

Marina Lombó Gutiérrez.

ANEXO I

Nº DENOMINACION Gº CUERPO A.F. NIV COMPL. ESPEC. TITULACION

FORMACIONESPECIFICA

REGDED

GC

AP DESCRIPCION DEL PUESTO

CURSOS DEFORMACION MERITOS ESPECIFICOS

M/E

PUNT. MAX.

PUNT. MIN.

3

3

2

2

5504 LETRADO

Consejería de Presidencia yJusticia

Dirección General delServicio Jurídico

Santander

A1 CL 05 07

28 22013,69 Licenciado en Derecho

III GC Asesorar al Consejo de Gobierno yconsejerías en materia jurídica.

Recibir y efectuar consultas mediantedictámenes, informes, estudios y expedientesadministrativos.

Asistir a mesas de contratación, juntas,comisiones, comités y demás órganoscolegiados en que con arreglo a las normasvigentes sea precisa su intervención.Bastantear poderes y avales.

Representar y defender al Consejo deGobierno y Administración de la ComunidadAutónoma ante los tribunales de justicia ydemás organismos administrativos.Representar y defender a los menores cuyatutela corresponda a la ComunidadAutónoma, incluso mediante la atención delas guardias correspondientes.

Representar y defender en juicio a lasautoridades, funcionarios y empleados delGobierno y la Administración de laComunidad Autónoma cuando correspondasegún la legislación vigente.

Cualesquiera otras asimiladas cuando así lorequiera el desempeño de sus funciones y lasnecesidades del Servicio.

Habilidadesdirectivas.

JurisdicciónContenciosoAdministrativa.

Documentosadministrativos.

Contrataciónadministrativa.

Experiencia en la representación ydefensa de los intereses de Gobiernoy de la Administración de laComunidad Autónoma ante lostribunales de justicia. (0,09 puntos pormes).

Experiencia en el asesoramiento alConsejo de Gobierno y consejerías enmateria jurídica. (0,09 por puntos pormes).

Experiencia en la elaboración deinformes jurídicos. (0,06 puntos pormes).

Experiencia en asistencia a mesas decontratación, juntas, comisiones,comités y demás órganos colegiadosen que con arreglo a las normasvigentes sea precisa su intervención.(0,06 puntos por mes).

10 4

4905 ASESOR JURÍDICO

Consejería de Presidencia yJusticia

Secretaría General

Santander

A1 CTS 02

05

25 13199,28 Licenciado en

Derecho

3

3

2

II GC Elaboración de informes jurídicos ypropuestas de resolución relativos a recursoso reclamaciones que se formulen contra laactuación de la Consejería, y cuyacompetencia de resolución las tenga esteórgano.

Proyectos de convenios y contratos.Asesoramiento en anteproyectos dedisposiciones de carácter general que afectena materias propias de la consejería.

La realización de informes-propuestas enrelación con las eventuales carenciaslegislativas y la subsanación de lasdeficiencias legislativas que ocasionesproblemas de interpretación y aplicabilidadjurídica.

Asesoramiento jurídico, en general, encuantos expedientes se tramiten en laConsejería sobre cuestiones de legalidad.Pliegos de cláusulas de contratos.Recopilación y distribución de disposicionesnormativas en materias de interés de laconsejería, con especial atención al derechocomparado y comunitario.

Desarrollo de funciones en el área consultivaque se le encomiende.

Realizar estudios y reunir documentaciónsobre materias de la Consejería.Confeccionar compilaciones de disposicionesnormativas que afecten a la consejería.Cualesquiera otras que se le encomiendendentro del área funcional de su competencia

ProcedimientoAdministrativo y/oPrácticas deProcedimientoAdministrativo.

ContrataciónAdministrativa.

La responsabilidadpatrimonial.

Subvenciones

Ofimática (Word, Access, Excel...).

Experiencia en la tramitación deprocedimientos sancionadores.(0,09 puntos por mes).

Experiencia en confección decompilaciones, recopilación ydistribución de disposicionesnormativas. (0,09...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR